Mal precedente

Considero gravísimo el precedente sentado por el ex Ministro de Relaciones Laborales que en el 2007 ordenó a la compañía Holcim Ecuador, pagar más de USD 31 millones por concepto de utilidades a los ex empleados de compañías tercerizadoras que trabajaron en ese grupo empresarial, contrariando una resolución firme y ejecutoriada de la Subdirección del Trabajo que en el año 2004 se declaró incompetente para conocer ese reclamo de utilidades, y ordenó el archivo de la causa.

Pese a que Holcim impugnó esa resolución por la vía contencioso administrativa -juicio que aún está pendiente- esa millonaria cantidad de dinero fue repartida a dichos ex trabajadores, por resolución del Director del Trabajo del Litoral, contrariando leyes expresas. No hay que confundir la competencia administrativa que tiene el Ministerio de Relaciones Laborales con la competencia judicial que tienen los Jueces de Trabajo, quienes son los únicos que tienen capacidad para decidir acerca de las relaciones laborales y para ordenar el pago de indemnizaciones, sueldos, utilidades, etc.

Solo el retardo en el depósito en el Banco Central del Ecuador, del saldo de las utilidades no distribuidas y no cobradas por los trabajadores, se sanciona con una multa del duplo de la cantidad no depositada.

En mi editorial del 17, 03,11 manifesté mi preocupación por el fallo en que se ordena a la Cervecería Nacional a pagar más de 90 millones de dólares por concepto de utilidades, a quienes se considera que fueron sus ex trabajadores, ya que varios grupos de empleados de otras empresas han anunciado demandas similares.

Dudo de que en el Ecuador existan empresas que puedan pagar tan exorbitante cantidad de dinero, y temo que si se condena a otras a pagar valores similares, que éstas quiebren y cierren sus puertas, lo cual incrementará el alto índice de desempleo existente.

Lamentablemente, se abusó de la tercerización en nuestro país; aunque era permitido tercerizar a todo el personal de una fábrica, para mí, eso es inadmisible; y trajo como consecuencia que se prohíba utilizar un mecanismo exitoso en muchos países. Fue un error abolir la intermediación laboral, la tercerización de servicios complementarios y la contratación por horas, lo cual ha impactado gravemente en la producción nacional y ha creado un grave problema social en nuestro país.

Los derechos de todas las personas naturales y jurídicas, tienen un término o plazo en el que prescriben, y los de los trabajadores no pueden ser la excepción.

No debe aceptarse ningún caso laboral en el que se reclamen derechos que fueron oportunamente reconocidos y liquidados por personas naturales o jurídicas, sean éstas públicas o privadas, pues ello incrementa la alarmante inseguridad jurídica (no sólo ciudadana) en la que vivimos.

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