Franklin Zambrano, coordinador zonal 8 de la Defensoría del Pueblo, revisa el expediente de casos de movilidad humana que investiga la entidad. Foto Elena Paucar / EL COMERCIO
Nizan Ch. lleva más de un mes en una de las salas de espera del aeropuerto José Joaquín de Olmedo de Guayaquil. Ha adaptado su cama en los asientos, recibe tickets de alimentación de la última aerolínea que tomó y, ocasionalmente le facilitan un baño con ducha, porque en esa área solo hay lavatorios.
El hombre libanés, de 56 años, aparentemente llegó hace dos meses por turismo a Guayaquil. Su peregrinaje comenzó durante el retorno a su país, debido a que perdió sus documentos. La ruta de regreso incluía una escala en Perú y luego España, donde se cortó el recorrido.
Allí estuvo un poco más de 10 días antes de volver a Lima, donde permaneció casi 11 días más. En el aeropuerto de Guayaquil ya cumplió 42 días, desde el 1 de mayo del 2018.
Franklin Zambrano, coordinador zonal 8 de la Defensoría del Pueblo, señala que hace 10 días conocieron el caso y han solicitado información a la Cancillería y a Migración, que es parte del Ministerio del Interior. La principal dificultad, a más de la barrera del idioma, es que en Ecuador no hay una Embajada de Líbano; la más cercana está en Bogotá, en Colombia.
Por ahora, la Cancillería ecuatoriana le ha facilitado al extranjero un salvoconducto o visa de emergencia para que pueda viajar a Bogotá. Sin embargo, el libanés también necesitaría una visa colombiana.
Mientras ese trámite avanza, la Defensoría del Pueblo y la Defensoría Pública analizan presentar mañana un recurso de habeas corpus para que el extranjero pueda salir de la terminal aérea. Ese trámite se resuelve en máximo dos días.
“Al carecer de una orden legal judicial estaría privado de su libertad (…). Esta irregularidad debemos afrontarla como Estado”, dice Zambrano.
La situación de Nizan Ch. se enmarca en una indefinición o limbo jurídico. Él no ha solicitado refugio en Ecuador, para lo cual sí existe un procedimiento según la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
No obstante, las peticiones de refugio son una de las principales causas de privación de libertad en las salas de tránsito aeroportuarias del país. En el 2016, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos incluyó en su informe anual de gestión siete historias de ciudadanos extracontinentales -en su mayoría-, retenidos por días y hasta meses, incomunicados y, en algunos casos, deportados. Las solicitudes de protección están vinculadas con la violencia en sus países de origen o persecución política.
La Defensoría del Pueblo de la zona 8 también investiga estos casos. Zambrano indica que en los últimos 12 meses han registrado cerca de 20.
El más reciente fue hace dos meses. Dos ciudadanos de Camerún, solicitantes de refugio, estuvieron retenidos en el aeropuerto de Guayaquil. La Defensoría del Pueblo y la Defensoría Pública presentaron un habeas corpus y un recurso amicus curiae. Ambos fueron acogidos por un juez.
Aunque los ciudadanos africanos tuvieron que retornar a su país, Zambrano asegura que la sentencia dejó un precedente. El juez dispuso a la Cancillería y a Migración desarrollar protocolos y capacitaciones para aplicar con más efectividad la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
La Defensoría del Pueblo y Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) están encargados del seguimiento y de apoyar con las capacitaciones. En la terminal aérea, además, se define una solución logística para mejorar las condiciones de permanencia temporal de quienes piden refugio.
“La ley marca tiempos muy definidos. Le da 24 horas a Migración para que comunique a Cancillería y a la Defensoría Pública; y eso no se ha dado”, dice Zambrano.