La votación se dio la mañana de este jueves 5 de enero del 2017. En el Pleno de la Asamblea Nacional se aprobó por unanimidad la Ley de Movilidad Humana.
La normativa, que regula el ingreso de extranjeros y garantiza derechos y obligaciones para los ecuatorianos que viven en el exterior, fue aceptada por 88 asambleístas que estuvieron presentes.
Tras el segundo debate que empezó ayer y culminó hoy, la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales de la Asamblea acogió las observaciones de más de 11 asambleístas que intervinieron en el debate.
El texto, que supera las 90 páginas, integra toda la normativa dispersa en materia de movilidad humana que rige en el país desde 1970. También actualiza términos como la ciudadanía universal, concepto creado en la Constitución del 2008.
De igual forma establece procesos para regular el estado migratorio de los extranjeros en situación de riesgo, refugio y víctimas de redes de tráfico de personas o trata de personas.
Durante el debate, María Agusta Calle, presidenta de la Comisión que elaboró la Ley, dijo que este proyecto “reconoce los principios de la ciudadanía universal y el de la libre movilidad humana “. De allí que se garantiza la igualdad entre ecuatorianos y extranjeros que ingresan a “nuestro” país. Además, resaltó que la ley estipula que “ningún ser humano puede ser calificado como ilegal por su condición migratoria”.
De igual forma hay capítulos especiales que hablan de los turistas, apátridas, refugiados, las víctimas de trata, etc.
Entre las obligaciones que se dispone a los extranjeros que lleguen al Ecuador son:
1. Registrar el ingreso y salida a través de los puntos de control migratorio oficiales.
2. Permanecer en el Ecuador con una condición migratoria regular.
3. Respetar las leyes, cultura y naturaleza.
4. Portar sus documentos de identidad durante su estadía en el país.
5. Cumplir con las obligaciones tributarias de conformidad con la ley.
6. Registrar su domicilio en el Registro Civil.
En el caso de los ecuatorianos en otros países, la ley establece los siguientes derechos:
1. Derecho a la convalidación de títulos y estudios realizados en el extranjero.
2. Derecho al acceso o reinserción a la educación.
3. Derecho a la homologación de documentos que permitan la conducción de vehículos.
4. Derecho al acceso del sistema financiero. En este punto, los bancos no podrán pedir el historial crediticio de las personas retornadas.
5. Derecho a la pensión jubilar.
6. Derecho a la reducción de aranceles para la importación de menaje de casa, equipos de trabajo y vehículos.