Una plataforma gubernamental se construye en la Amazonas, en el norte de Quito. Foto: Armando Prado / EL COMERCIO
La Ley para la Eficiencia en la Contratación Pública fue aprobada ayer por el oficialismo en la Asamblea. Con ella, el Gobierno podrá recaudar una contribución ciudadana por su obra pública.
En esta normativa, que contó con 75 votos a favor, 13 en contra, 14 abstenciones y un voto en blanco, se incluyó la denominada contribución especial de mejoras por obra pública a cargo del Gobierno central o municipios.
Con esto, los contribuyentes cuyo inmueble esté cerca de una obra pública como escuelas, hospitales y más deberán pagar un monto que no supere el 50% del beneficio generado por la obra.
Construcción de la Plataforma Gubernamental que albergará instituciones de desarrollo social se edifica en el sector de Quitumbe, en el sur de Quito. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO
Por ejemplo, si el precio de las viviendas en un sector determinado llegaba a USD 100 000 antes de que el Gobierno construya un puente, y luego de terminada la obra el precio de los predios beneficiados subió hasta USD 110 000, la plusvalía generada sería de USD 10 000 por cada vivienda. La contribución que se fije para cada propietario no podrá superar el 50%, es decir, USD 5 000.
Para el legislador de oposición, Patricio Donoso, se trata de más impuestos para la ciudadanía. Con esta ley, dice, se busca pagar las deudas adquiridas por el Gobierno.
Mientras que el asambleísta oficialista y vicepresidente de la Comisión, Fausto Terán, indicó que el impuesto ya existe y se lo cobra a través de los municipios. Sin embargo, con esta normativa se busca que el Gobierno Nacional también pueda cobrar esta contribución.
“No se trata de un doble impuesto, lo que se dice es que quien haga la obra tiene el derecho de cobrar la contribución”, afirmó.
Terán destacó que el Gobierno central es el que más obras ha realizado en el país.
El director del SRI, Leonardo Orlando, diferenció la ley aprobada ayer de la vigente sobre la plusvalía. La primera es un complemento de la segunda. “La una (Ley de Eficiencia en la Contratación Pública) busca captar plusvalía por inversión pública y la Ley de plusvalía busca combatir la especulación del suelo”, dijo la semana pasada a este Diario.
Estas leyes, sin embargo, generan interrogantes y desconfianza en el sector de la construcción, que registró un decrecimiento del 10% el año anterior según proyecciones del Banco Central.
Las ventas en el sector inmobiliario han venido cayendo los últimos años, según datos de Asociación de Promotores Inmobiliarios de Viviendas del Ecuador (Apive). En el 2014 se comercializaron 7 048 unidades; en 2015 fueron 6 919; y el año pasado, entre enero y octubre, se llegó a 3 337, según un sondeo realizado por el gremio.
Su director ejecutivo Jaime Rumbea dijo que la paralización en el sector es evidente. Los inversionistas que tenían proyectos creen que el sector se volvió menos atractivo. Si la construcción en Perú crecerá este año 5% y en Ecuador está decreciendo y hay otro impuesto, ¿dónde preferiría invertir?, se preguntó.
Además, todas estas inversiones que dejan de hacerse tienen efecto sobre el empleo de obreros, la compra de materiales nacionales, etc”.
Rumbea añadió que la Ley de Eficiencia en la Contratación Pública “hace lo mismo que se dijo que haría la Ley de plusvalía… Es un nuevo instrumento para capturar plusvalía en el país”.
En junio pasado, Proaño & Proaño Constructora e Inmobiliaria, suspendió un proyecto previsto para este año. Lo hizo desde el anuncio de la llegada de estas leyes para capturar la plusvalía de la tierra, pero también por el escenario tributario e impositivo negativo que se registra en el país.
Joan Proaño, su gerente, sostuvo que no piensa emprender nuevos proyectos hasta marzo próximo, hasta conocer el nuevo Gobierno. “En ese mes tomaremos la decisión de dar el salto a los proyectos de carácter social o invertir en países vecinos”.
Otro constructor que ve con preocupación estas normativas es Alberto Andino, gerente General de Andino y Asociados. Según él, en Quito existen 400 proyectos inmobiliarios que enfrentan inconvenientes por las ventas suspendidas. “Vamos a insistir ante las autoridades que las leyes no ayudan al sector ni al cliente y esperamos las elecciones para ver el nuevo escenario en el país”.
Enrique Pita, presidente de la Cámara de la Construcción de Guayaquil, señaló que es “muy pronto responsabilizar a la ley (de plusvalía)” por la paralización de proyectos, ya que hay que tomar en cuenta la situación económica del país. Sin embargo, cree que es natural pensar que si hay un cambio de gobierno “habrá mejores condiciones económicas y de confianza para que los proyectos tengan éxito”.
La normativa
Artículo 58.2. El juez en su resolución fijará el precio definitivo en base del avalúo predial menos la plusvalía proveniente de obras públicas y obras ajenas a la acción del propietario. El avalúo predial será registrado en el avalúo municipal sobre el cual se pagó el último impuesto predial del año anterior al anuncio del proyecto, en caso de construcción de obras con declaratoria de utilidad pública.
Para garantizar a los propietarios de bienes, que pueden ser expropiados se incluyó al final del artículo 58,1, que indica que para que se proceda con la ocupación inmediata se debe realizar el pago previo o consignación en caso de no existir acuerdo.