Los países de la Unión Europea no pueden encarcelar a los migrantes ilegales por haber ingresado al espacio Schengen de libre circulación sin la documentación correspondiente, estimó la justicia del viejo continente en un fallo publicado este martes 7 de junio del 2016.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que la legislación comunitaria se opone a que se encarcele a un migrante ilegal antes de que se inicie el procedimiento de expulsión del territorio de la UE.
La justicia debía pronunciarse sobre el caso del “ingreso irregular” a Francia de una ghanesa, Selina Affum, detenida por la policía en 2013 en la entrada del túnel del canal de la Mancha, en un ómnibus proveniente de Bélgica y sin documentos de identidad válidos.
Selina Affum fue puesta en detención preventiva “por entrada ilegal en territorio francés”, una calificación contemplada por la justicia francesa pero que la interesada impugnó.
En su decisión de este martes, el tribunal europeo sostiene que la detención de Affum fue contra la legislación europea en materia de expulsión de extranjeros irregulares.
La llamada “directiva retorno”, “se opone a toda normativa de un Estado miembro que castigue con pena de prisión la situación irregular”, lo que estipula la legislación francesa.
Esta misma directiva, añade el tribunal, “se opone a que un nacional de un país no perteneciente a la UE pueda ser encarcelado, antes de que se le aplique el procedimiento de retorno, por el mero hecho de haber entrado ilegalmente en el territorio de un Estado miembro”.
La legislación europea precisa que el procedimiento de retorno supone en primer lugar la posibilidad de un retorno voluntario y, si necesario, medidas de expulsión “menos coercitivas posibles”.
El encarcelamiento es solo posible cuando se llevó a cabo el procedimiento anterior y si el extranjero continúa de manera ilegal en el territorio europeo.
En el caso de Affum las autoridades francesas no habían iniciado ningún procedimiento de expulsión.