La Junta de Regulación operará inmediatamente

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El presidente de la Comisión de lo Económico, Oswaldo Larriva (der.), conversa con Raúl Abad, también de Alianza País. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO

El manejo del sector financiero, monetario y de valores cambiará en los próximos días, luego de que la Asamblea resolvió ayer, 2 de septiembre, allanarse a 53 de 56 observaciones que envió el Ejecutivo al Código Monetario.

Con ello, se aprobó de manera definitiva el cuerpo legal. El Código entrará en vigencia una vez se publique en el Registro Oficial, lo cual se espera ocurra en estos días, dijo ayer Oswaldo Larriva, presidente de la Comisión de Régimen Económico.

El primer cambio importante del Código es que las funciones de cuatro organismos que regían los mercados financiero y de valores pasarán a una Junta de Regulación y que, según asambleístas de oposición, sería “hiperpoderosa”.

La Junta asumirá estas funciones apenas el Código se publique en el Registro Oficial. Y operativamente funcionará cuando el Presidente nombre a su delegado, pues los otros cuatro miembros que conforman el organismo son ministros o funcionarios de Estado, hoy ya en funciones, explicó Larriva.

El ministro coordinador de la Política, Patricio Rivera, presidirá este organismo.

Las normas y resoluciones dictadas por las cuatro juntas que desaparecen seguirán en vigencia hasta que la Junta “resuelva lo que corresponda en cada caso”. Los funcionarios que trabajaban en estos órganos, además, pasarán en un plazo de 180 días al Ministerio Coordinador de la Política, previa autorización.

El flamante Código Monetario, además, establece que en el plazo de 30 días los cuatro organismos que desaparecen con el Código deberán transferir los reclamos y otros trámites administrativos a la Junta de Regulación, la cual tendrá 180 días para resolverlos, aunque ese plazo se podrá prorrogar hasta un año.

Ramiro Aguilar, asambleísta del Movimiento Concertación, dijo que una de las primeras dificultades de la Junta será asumir sus numerosas funciones. “Se harán viejos los miembros de la Junta antes de aprobar todos los reglamentos que deben aprobar según el Código”.

El Código también regulará a los fondos de jubilación y cesantía privados. La Asamblea aceptó, tras un intenso debate, que sea la ‘Súper’ de Bancos la que supervise la actividad económica de estos fondos.

El Código Monetario también cambia la forma en que se manejan hoy el Fondo de Liquidez, un fondo de ahorro que se alimenta especialmente con ahorros de los depositantes y que sirve para hacer frente a problemas de liquidez de la banca. Actualmente está controlado por una corporación integrada por seis miembros, cuatros del Ejecutivo y dos de la banca privada.

El Código Monetario cambia el manejo de este fondo y lo pone bajo el control de una Corporación que, además del Fondo de Liquidez, manejará el Seguro de Depósitos. Este organismo entrará en operación en 60 días a partir de que entre en vigencia el Código Monetario. El ente estará integrado por tres miembros del Ejecutivo.

Además, establece plazos para el cobro del 0,5% a las compras a créditos y para el seguro que protegerá a los clientes de las aseguradoras.

55 funciones tendrá la Junta

El Código crea la Junta de Regulación que asumirá, una vez este se publique en el Registro Oficial, las funciones que hasta hoy tenían cuatro organismos (Directorio del Banco Central y las juntas Bancaria, de Regulación del Sector Financiero Popular y Solidario y del Mercado de Valores). Este organismo se convertirá en el máximo regulador de los sectores financiero, de valores y seguros. Estará conformado por los ministros Coordinador de la Política Económica, Finanzas, Coordinador de la Producción, el Secretario Nacional de Planificación y un delegado del Presidente. Con 55 funciones y tres facultades macroeconómicas, la Junta podrá direccionar el crédito a segmentos productivos considerando el riesgo de cada uno de ellos, definir la política de inversión de la liquidez, etc. El ente operará una vez que el Presidente nombre a su delegado.

Liquidación de aseguradoras

El Código Monetario establece mecanismos para agilitar y poner fin a la liquidación de aseguradoras que este momento se encuentren en proceso. El cambio fue una propuesta enviada por el Ejecutivo en su veto parcial al documento. La Comisión de Régimen Económico había sugerido que no se acepte este planteamiento, pues la ley no es retroactiva. Sin embargo, el Pleno decidió allanarse al texto sugerido por el Ejecutivo. Entre los mecanismos están que la Junta podrá disponer de los activos y pasivos de las entidades en liquidación, facilita el cobro vía coactiva, entre otros. Según la Superintendencia de Bancos, 11 aseguradoras están en liquidación. Además, el Código Monetario estableció que el seguro que beneficia a los clientes de las aseguradoras denominado Fondo de Seguros Privados entrará en vigencia en enero del 2016.

0,5% por las compras a crédito

En 30 días contados, una vez que el Código Monetario se publique en el Registro Oficial, todas las personas que obtengan préstamos pagarán una tarifa del 0,5% sobre el monto del crédito para financiar la atención integral del cáncer. Este proyecto señala que las operaciones de crédito incluyen préstamos bancarios, créditos diferidos con tarjeta de crédito, de financiamiento, de compra de cartera, de descuentos de letra de cambio, etc. Esto aplica para todo tipo de créditos, como los obtenidos para vehículos, para la adquisición de vivienda, para compras con tarjeta de crédito, etc. Por ejemplo, en un crédito de USD 10 000 la contribución del 0,5% equivale a USD 50. La disposición también señala que esta tarifa se podrá reducir, vía decreto ejecutivo, hasta el 0,01% para ciertos casos o segmentos y por pedido de la Junta de Regulación.

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