Activistas Glbti frente a la Corte Constitucional por el caso Satya. También se puede ver una bandera de la Fundación Amor y Fortaleza creada por los padres de Amanda. Foto: Archivo EL COMERCIO
La Acción de Protección solicitada por los padres de la niña trans Amada, con el objetivo de cambiar el dato sexo y el nombre en su cédula de identidad fue aceptada.
Esto por parte del Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, Jorge Duarte, según un comunicado emitido por la Fundación Pakta y la Fundación Amor y Fortaleza, este martes 16 de octubre del 2018.
Resaltaron que la acción “se convierte en el precedente para que otras y otros niños trans puedan tener una mejor calidad de vida dentro del Ecuador en ejercicio de su derecho a la identidad de género autopercibida”.
Sin embargo, el Registro Civil apeló la decisión del juez. “Lamentamos que el Registro Civil siga manteniendo su posición contraria a los derechos de la población Glbti”, precisa el comunicado.
Los padres de Amada acudieron el pasado enero al Registro Civil, en Quito. Ella estuvo acompañada de su hermano y varios activistas de la comunidad de Gais, lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexo (Glbti). La familia pidió, formalmente, a través de un escrito, a la entidad que permita el cambio de nombre y de sexo en la cédula de identidad de la pequeña, bajo el amparo jurídico de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos considera que el cambio de nombre, adecuación de la imagen y rectificación a la mención del sexo o género, en registros y documentos de identidad, para que estén acordes a la identidad de género auto percibida, es un derecho protegido por la Convención Americana, que los estados deben reconocer. Ecuador es parte del llamado Pacto de San José, por lo que se espera que se tome en cuenta ya esa opinión.
En Ecuador, desde el 3 de agosto del 2016, la población trans puede acudir al Registro Civil y pedir que se cambie el nombre y también el sexo por el género. Esto con la vigencia de la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles.
Las personas desde los 18 años pueden acceder a este derecho, por una sola vez; por autodeterminación pueden sustituir el campo sexo por el de género: por ejemplo de hombre a femenino o al revés. También pedir el cambio de nombre.