Los jubilados entregaron una demanda de inconstitucionalidad a varias de las enmiendas aprobadas por la Asamblea el pasado 3 de diciembre del 2015. Foto: EL COMERCIO
Pasado el mediodía de hoy, jueves 21 de enero, un grupo de 12 personas, representantes de la Coordinadora de Organizaciones de Jubilados y Pensionistas del Ecuador (Corjupe), llego a la Corte Constitucional, ubicada en la av. 12 de Octubre y Nicolás Jiménez.
En la planta baja, en la sala de casilleros judiciales, los representantes de la Corjupe entregaron una demanda de inconstitucionalidad a varias enmiendas del proyecto presentado por el Ejecutivo y aprobadas por la Asamblea el pasado 3 de diciembre del 2015.
Los artículos que, según ellos, lesionan sus derechos y libertades y desean un cambio son los artículos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 12 y 14.
Según Gabriela Mosquera, abogada patrocinadora de la Corjupe, cada uno de esos artículos “debían haberse debatido más por la importancia que reviste una transformación en la Constitución”.
Esas enmiendas, según la letrada, restringen -por ejemplo- una consulta popular, se cambian los objetivos de las Fuerzas Armadas, pero también restringe la actuación de la Contraloría y esto último es, según la abogada, es delicado.
En el tema de la Contraloría, aclaró Mosquera, interviene la Corjupe porque sus miembros desean que esta institución audite los fondos del IESS, ISSFA e ISSPOL.
La Corte Constitucional tiene 30 días para admitir la demanda de inconstitucionalidad, después les convocará a una audiencia y entonces se presentarán las pruebas que correspondan y finalmente se hará un pronunciamiento si se acepta o no la demanda.
Los jubilados también anunciaron que desde las 16:00, los representantes de la Confederación Nacional de Militares en Servicio Pasivo y Montepío de las Fuerzas Armadas también acudirán a la Corte y pedirán la inconstitucionalidad de la quinta y sexta enmienda del proyecto aprobado por la Asamblea.
Tras la recepción de los documentos, los representantes de la Corjupe se marcharon con la esperanza de que su demanda sea aceptada por la Corte.