Exvicepresidente Jorge Glas suma la tercera sentencia por corrupción

Los magistrados Javier de la Cadena (izq.), Iván León (centro) y José Layedra (der.) analizaron el expediente judicial. Foto: Corte Nacional

Los magistrados Javier de la Cadena (izq.), Iván León (centro) y José Layedra (der.) analizaron el expediente judicial. Foto: Corte Nacional

Los magistrados Javier de la Cadena (izq.), Iván León (centro) y José Layedra (der.) analizaron el expediente judicial. Foto: Corte Nacional

Los jueces Iván León, José Layedra y Javier de la Cadena ingresaron ayer, 25 de enero del 2021, a una Sala de la Corte. Dos de ellos sostenían documentos en sus manos y poco después del mediodía reinstalaron la audiencia en la que sentenciaron a Jorge Glas a ocho años, por el caso Singue.

El primero en hablar fue León y aseguró que la resolución no fue unánime. Él dijo que Glas y otros 14 procesados son inocentes en esa causa.

En cambio, De la Cadena y Layedra acordaron que el exsegundo mandatario, los exministros Carlos Pareja Yannuzzelli, Wilson Pástor y otra persona fuesen condenados como coautores de peculado.

La decisión de ambos es la que finalmente queda validada.

Otros tres fueron señalados como cómplices y deben cumplir una pena de cuatro años de prisión. También se declaró inocente a un grupo de personas. En esa lista está Silvana Pástor. “No hubo ninguna irregularidad”, señaló.

Durante la audiencia, que duró una hora, se indicó que los responsables participaron de la adjudicación irregular del campo petrolero Singue, ubicado en Sucumbíos.

Los dos magistrados dijeron que Glas “tenía información privilegiada y conocía todos los detalles de este proceso”.

De Wilson Pástor, exministro de Recursos no Renovables, aseguraron que participó en la fase precontractual y contractual y que conocía desde el principio toda la negociación.

De Pareja Yannuzzelli, en cambio, señalaron que estuvo presente en la licitación hasta el final del entendimiento.

“Participaron en reuniones, conocieron las reservas de Singue de manera privilegiada y determinaron la suscripción del contrato. Sus actuaciones fueron dolosas. Sabían que eso beneficiaría a terceros y todos hicieron caso omiso”, detallaron en el fallo judicial.

De la Cadena y Layedra aseguraron que las actuaciones ilegales permitieron obtener beneficios propios y de terceros. Dijeron que este delito de peculado es “pluriofensivo”, pues “afecta a la administración pública y al Estado”.

Luego de la diligencia, el abogado de Glas, Harrison Salcedo, sostuvo que su cliente “no ha cometido peculado”.

Añadió que el exvicepresidente “jamás firmó ningún documento y eso se ha demostrado en las audiencias”.

Según la defensa, Singue tiene 20 años de vigencia y “el Estado ha ganado y seguirá ganando; no existe perjuicio”.

Esta es la tercera pena que enfrenta Glas. Anteriormente fue condenado a seis años por asociación ilícita en el caso Odebrecht. Además, tiene ocho años de cárcel por cohecho en la trama Sobornos.

A la salida de la Corte Nacional, también habló Wilson Pástor e indicó que el fallo obedece a una persecución política.

“Nos condenan únicamente por haber trabajado en el Gobierno anterior; esa es la única base que tienen”. Aseguró que permanecerá en el país.

En su caso, el Tribunal dijo haber hallado “datos relevantes” de su implicación en otros delitos como concusión y tráfico de influencias. Por eso se remitirá el expediente a la Fiscalía, para que inicien nuevas investigaciones penales.

Tras el análisis de los magistrados, se determinó que la afectación para el Estado ecuatoriano fue de USD 5 millones.

Ese monto se determinó inicialmente en un informe con indicios de responsabilidad penal, emitido por la Contraloría. En el juicio, la Fiscalía presentó una pericia contable que detallaba que el perjuicio ascendía a USD 28,4 millones.

Según las investigaciones, la afectación al Estado se produjo porque se fijó, de forma incorrecta, la tarifa de USD 33,50 por cada barril de crudo, pues no se negoció tomando en cuenta el 100% de las reservas petroleras de ese campo.

Los magistrados dispusieron, como medida de reparación, que los sentenciados cancelaran USD 5 millones.

Este valor será dividido de acuerdo con la participación de cada uno. Además, se dispuso: el comiso de sus bienes inmuebles, la publicación del fallo en tres medios de comunicación y disculpas públicas.

En contexto

El artículo 257 del Código Penal, vigente a la fecha en que se cometió el delito, establece una pena de ocho a 12 años por peculado. Este ilícito se configura cuando funcionarios abusan de dineros públicos o privados, en beneficio propio o de terceros.

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