Redacción Política
El Directorio de Teleamazonas aceptó la propuesta de su abogado de entablar una demanda penal en contra del superintendente de Telecomunicaciones, Fabián Jaramillo. La acción penal por prevaricato y por atentar contra la libertad de expresión y de conciencia se presentará hoy en la Fiscalía.
Uno de sus argumentos es que Jaramillo no respetó el debido proceso ni el derecho a la legítima defensa. “El artículo 71, al cual se refirió el Superintendente para presentar su resolución de suspender el canal por 72 horas, prevé la penalización por las infracciones pero no las tipifica”.
“Estas tipicidades constan en el Reglamento a la Ley de Radiodifusión y Televisión”, lo cual contraría la Constitución y, por tanto, “no es aplicable por parte de los servidores públicos (…)”. Es decir, la Supertel no podía sancionar al canal basándose únicamente en un reglamento, sino en la ley, como señala la Carta Magna.
La conducta deJaramillo -acota- es un delito en contra de la libertad de conciencia y de pensamiento. Esto está sancionado en el artículo 178 del Código Penal.
Estos y otros argumentos presentó el abogado del canal, Pablo Ortiz, durante la audiencia sobre el pedido de Acción de Protección Constitucional que se realizó ayer. Al Juzgado Octavo de la Niñez y la Adolescencia (en donde recayó el proceso por sorteo) comparecieron los abogados del canal y de la Superintendencia.
Los representantes del organismo estatal rechazaron las acusaciones de Teleamazonas de haber, supuestamente, atentado contra derechos constitucionales. Su argumento es que la resolución se apegó a la Ley de Radio y Televisión. Incluso, la abogada de la Procuraduría, Cecilia Lescano, pidió a la jueza Elena Ortega que rechace el pedido del canal por calificarlo de” improcedente”.
Sin embargo, luego de casi dos horas de audiencia, la Jueza decidió tomarse dos días hábiles, como establece la Ley, para analizar los documentos. “Las notificaciones las entregaremos en sus casilleros judiciales”, precisó.