La detención del sentenciado se realizó frente al Banco Central del Ecuador, en el parque La Alameda, centro de Quito. Foto; Archivo / EL COMERCIO
Tras admitir su delito, Manuel P. fue condenado en Quito a cumplir cuatro meses de privación de libertad y a pagar una multa de USD 400 (una remuneración básica unificada) por haber cometido el delito de usurpación y simulación de funciones públicas, tipificado en el artículo 287 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Además, deberá pagar USD 60 a una víctima y sus bienes están bajo prohibición de enajenación y sus fondos en el sistema financiero quedaron retenidos.
La pena fue difundida el lunes 3 de febrero del 2020, en la cuenta de Twitter del procurador Metropolitano de Quito, Dunker Morales, quien informó que la Procuraduría presentó acusación particular. Se trata de un caso resuelto bajo la figura de procedimiento abreviado, por un hecho ocurrido el 22 de enero pasado. Efectivos policiales sorprendieron a Manuel P. en delito flagrante.
Cuatro miembros de la Policía Judicial emitieron esa mañana un parte en el que narran que recibieron la visita de una mujer que les pidió ayuda, porque una persona que se había presentado como funcionario del Municipio de Quito le había pedido dinero para conseguirle un puesto en esa institución.
Ella acordó con el hombre encontrarse en el parque La Alameda, frente al Banco Central, para realizar el acuerdo. Los uniformados fueron al lugar y presenciaron la reunión de la denunciante con un hombre al que le entregó un sobre manila. Según el parte policial, este acto les hizo “presumir la comisión de actividades ilícitas“.
Entonces, los policías se identificaron y le pidieron sus documentos al sospechoso. Se hacía llamar Fernando Mena, pero en ese momento, los agentes descubrieron que su nombre era Manuel P. Él tenía un sobre con USD 100, una billetera con USD 105, un celular y un bolso. Además, portaba una credencial que lo identificaba como supuesto jefe de Mantenimiento del Municipio. En ella constaba su nombre falso y un número de cédula. Además, tenía otra credencial similar al nombre de una mujer. Llevaba también una carpeta con documentos como una hoja de vida, un certificado de honorabilidad, fotos tamaño carné y una copia de cédula y certificado de votación de otra mujer. Por ello, los uniformados decidieron arrestarlo y recabar la denuncia y la versión de la denunciante.
Manuel P. decidió someterse al procedimiento abreviado, en el que no se aportan pruebas ni se realizan audiencias, porque el acusado decide admitir que cometió un delito. Así, el proceso es más rápido y se cumple el principio de ahorro procesal. Según la sentencia, “en la jurisdicción penal todo delito está sujeto a una sanción, por ende el fin último del Derecho Penal y del procedimiento abreviado es la de procesar al culpable buscando resarcir de alguna manera los derechos infringidos a la víctima”.