En el primer acápite si bien se refiere a la entrega de subvenciones, apoyos y estímulos económicos al desarrollo de la industria editorial, en ningún momento habla de un concepto del editor literario muy necesario para diferenciar con el de ‘imprenta’ (por ejemplo). Al momento de acceder por Internet a Compras Públicas por una licitación, editores e imprentas estamos en una sola lista. Una editorial literaria tiene que ser calificada por su trayectoria y profesionalización y no ser confundida con una imprenta.
Ramiro Arias
Escritor
Escritor, doctor en Derecho y egresado de Letras de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Director de Eskeletra Editorial y de la revista literaria del mismo nombre. Autor de varias obras literarias.La producción editorial es un proceso compuesto de diversos pasos que van desde la creación del libro, por parte del autor, la calificación editorial, hasta el consumo de este por parte del lector. La impresión (o imprenta) es tan solo uno de los pasos del proceso editorial.
La Ley de Cultura debe contemplar que la difusión sea entregada a editoriales privadas nacionales, y no sea el Ministerio de Cultura u otro organismo del Estado el que edite y distribuya, esa no es su tarea. Se deben concertar acuerdos con los editores para que la difusión sea siempre exitosa y no se regalen indiscriminadamente los libros y/o se queden embodegados como ya ha pasado en ciertas instituciones.
Hoy, enviar un libro al extranjero cuesta lo mismo que enviar una pieza de tractor. El libro debe tener una tarifa de correo especial y eso debe consignarse en el proyecto de Ley. También el libro literario debería estar exento del IVA en todos los procesos para la edición, pues la inversión en cultura no se expresa en la imposición de tributos a esta importante actividad espiritual, pues trabajar con la lectura es un intangible que incentiva a ser diferentes y tener otra actitud frente a la vida, es la conquista de un futuro digno para todos.