El exlegislador ecuatoriano Tito Galo Lara Yepes, a su llegada hoy, miércoles 17 de septiembre de 2014, al tribunal Supremo en Ciudad de Panamá. Foto: EFE
Luego de que la Corte Suprema de Justicia de Panamá aceptara la extradición del exasambleísta Galo Lara, el Ejecutivo deberá definir si procede o no el pedido que hiciera Ecuador. Esto, de acuerdo con el artículo 535 del Código Procesal Penal panameño del 2008.
Allí se señala lo siguiente: Si la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declara procedente la extradición, el Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, podrá concederla o no, según estime conveniente.
Lara fue requerido en extradición por Ecuador para que cumpla una condena de 10 años por complicidad en un triple asesinato perpetrado el 4 de agosto de 2011 en el cantón Quinsaloma, provincia de Los Ríos. Diario La Prensa de Panamá dice que Lara fue detenido en Soná, Veraguas, el 9 de junio pasado.
Lara dijo que es un perseguido político por denunciar supuestas irregularidades en la administración del presidente Rafael Correa.
Este 24 de septiembre, Guillermo Cochez, abogado de Lara en Panamá, escribió un artículo en El Nacional de Venezuela y allí explicó todo el proceso del caso Lara y se refiere a supuestas anomalías.