Fiscalía pide fecha y hora para formular cargos contra el asambleísta Yofre Poma y cinco personas más por presunto peculado

Yofre Poma afronta una queja que el asambleísta Fabricio Villamar interpuso en la Procuraduría por incumplir con la suspensión condicional de su condena por paralización de servicios públicos. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO

Yofre Poma afronta una queja que el asambleísta Fabricio Villamar interpuso en la Procuraduría por incumplir con la suspensión condicional de su condena por paralización de servicios públicos. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO

El asambleísta Yofre Poma enfrentará un nuevo proceso judicial. La Fiscalía pide fecha para la formulación de cargos por presunto peculado. Foto: Archivo/ EL COMERCIO 

Este 1 de junio del 2020 se conoció que la Fiscalía pidió a la Corte Provincial de Sucumbíos que fije fecha y hora para la audiencia de formulación de cargos en contra del actual legislador Yofre Poma y cinco personas más por el presunto delito de peculado.

En la solicitud, la Fiscalía señaló que ha recabado los “indicios y elementos de convicción suficientes para presumir su participación como autores y cómplices” en ese delito.

El abogado de Poma, Gustavo García, indicó a este Diario que la investigación se inició por la venta de un terreno, en el 2014, cuando su cliente se desempeñaba como alcalde de Lago Agrio.

Según la Fiscalía ese hecho provocó perjuicios al Estado ecuatoriano y además en el 2019 la Contraloría emitió un informe con indicios de responsabilidad penal por ese caso.

Este sería el segundo proceso penal que enfrenta Poma, pues el 8 de noviembre del 2019 un juez ya lo condenó a un año y cuatro meses por el delito de paralización de servicio público, durante las protestas de octubre del año pasado.

García asegura que el objetivo de este nuevo proceso es que su defendido pierda el beneficio de suspensión condicional de la pena. El 18 de febrero del 2020, un juez aceptó que Poma cumpla su sentencia fuera de la cárcel.

El Código Integral Penal (art. 631) establece que, para mantener ese beneficio legal, el sentenciado no debe ser procesado por un nuevo delito. En esa misma normal penal (art. 632) se menciona que si incumple ese requisito, un juez de Garantías Penitenciarias revocará la suspensión condicional de pena y tendría que volver a la cárcel.

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