Redacción Judicial
La Fiscalía, por intermedio del fiscal subrogante, Alfredo Alvear, intentará convencer hoy a la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia que deje sin efecto el auto resolutorio de los conjueces permanentes de la Primera Sala de lo Penal, en el juicio de Filanbanco.
El 15 de enero, los conjueces Walter Mazzini, Mario Rojas y Edwin Salazar cambiaron el delito de peculado, por el cual la ex Corte Suprema de Justicia investigó desde 2000 a los hermanos Isaías, por el de falsificación de balances.
USD 450 millones
es el monto de los préstamos que el Banco Central otorgó a Filanbanco en 1998.La audiencia de formulación de cargos contra los conjueces, por supuesto prevaricato, está prevista para las 15:00, y fue solicitada por Alvear el 18 de ese mes. Según la Fiscalía, el fallo es extraño a los hechos que se han investigado y a las evidencias del perjuicio económico causado al Estado; además, depura la culpabilidad de los acusados.
La resolución de los conjueces tuvo secuelas en dos escenarios judiciales. El primero es el Consejo de la Judicatura, que suspendió a los tres juristas por 90 días, contados desde el 19 de enero. El segundo es la Corte, donde se analizan los pedidos de la Fiscalía.
Además, el Consejo, a través de su presidente, Benjamín Cevallos, dispuso que la Unidad de Control Disciplinario inicie un sumario en contra de los tres conjueces, el que puede concluir con su destitución, si se prueba que incurrieron en irregularidades.
Lo que dice la defensa
El Presidente de la Corte Nacional, el 22 de enero, designó a Jaime Velasco, Jaime Flor y Galo García conjueces ocasionales, en reemplazo de Walter Mazzini, Mario Rojas y Edwin Salazar. Sin embargo, ellos se excusaron.
La defensa de los Isaías sostiene que el auto resolutorio de los conjueces suspendidos está ejecutoriado y no cabe la petición de revocatoria.
Su argumento es que los conjueces aceptaron su solicitud de ampliación, aclaración y revocatoria del auto de la Primera Sala de lo Penal, que había confirmado el llamado a juicio plenario a los hermanos Isaías por el delito de peculado. Esta resolución fue adoptada por Armando Bermeo, ex titular de la Corte Suprema.Alvear interpuso la revocatoria el lunes 18 de enero, a las 18:30. Dijo que lo hizo a esa hora, porque recién a las 11:00 de ese día fue informado con el auto resolutorio, el cual fue dictado el viernes 15, a las 16:30. El plazo de tres días vencía a la medianoche del 18. “Hubo mala fe al dictar el auto resolutorio a las 16:05 del viernes 15 y entregarnos el documento a las 18:00 del lunes 18, cuando los casilleros judiciales estaban cerrados, el fin era que su decisión se ejecutoríe”.
Por la presentación de ese recurso, indicó Alvear, el auto resolutorio de los conjueces no está ejecutoriado. Con ese criterio coinciden los ex presidentes de la Corte Suprema, Jaime Velasco y Gustavo Medina. “Como se ha pedido la revocatoria del auto resolutorio, ese fallo todavía está suspenso; tienen que pronunciarse los conjueces ocasionales”.
Medina señaló que el auto de los conjueces no está ejecutoriado, porque esa decisión ha sido objeto de un pedido de revocatoria. Los conjueces basaron su resolución en la excitativa fiscal de la ex titular de la Fiscalía, Mariana Yépez, de 2002, en la que no acusó de peculado a los ex propietarios de Filanbanco.
Ese dictamen no era vinculante u obligatorio para los jueces. “No acusé de peculado, porque, a mi entender, no había disposición arbitraria de fondos públicos, de dineros del banco (Filanbanco)”, dijo Yépez, la semana pasada, ante la Comisión del Régimen Económico y Tributario de la Asamblea.
También sostuvo que los préstamos que el Banco Central otorgó a Filanbanco, en 1998, fueron dados a esa entidad bancaria y “no a los hermanos Isaías”.
Según Yépez, a esa fecha, el peculado se aplicaba a los funcionarios públicos y se extendió a los administradores de los bancos estatales y privados a partir del 13 de mayo de 1999, con la reforma al Código Penal. Pero el ex presidente de la Corte, Armando Bermeo, desechó ese argumento en 2003 y llamó a juicio a los Isaías por peculado, puesto que -según él- el delito existe desde los setenta.
Ayer, circuló en la Corte un documento firmado por Alfredo Alvear, dirigido a la Primera Sala de lo Penal, en octubre de 2008, que tenía el mismo argumento.
Allí, al referirse al recurso de revisión presentado ante una sentencia a ex administradores del Banco Popular, Alvear dijo que recién el 13 de mayo de 1999 se extendió el peculado “a las actuaciones que desarrollan los miembros de los directorios de las instituciones del sistema financiero”. Este Diario buscó la versión de Alvear, pero él no respondió su teléfono.