Las entradas a espectáculos como conciertos están contemplados en el listado del Servicio de Rentas. Se los considera como gastos de arte y cultura, en área de educación. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Los gastos de arte y cultura pueden incluirse en el Anexo de Gastos Personales del período 2017, que las personas naturales bajo relación de dependencia deben entregar este mes.
Ese es el único cambio que trae este año el formulario que se debe presentar para cumplir con este trámite. El documento está disponible en el portal web del Servicio de Rentas Internas (SRI). El incentivo se estableció en la Ley Orgánica de Cultura, publicada el 30 de diciembre del 2016.
Para el descuento de los gastos se debe presentar los comprobantes de venta, que deben estar a nombre del contribuyente, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos menores de edad, con el correspondiente número de RUC o cédula de identidad.
David Aguayo, licenciado en Literatura y amante del arte, incluirá en su deducción de gastos una factura de USD 180 por concepto de la presentación de Les Luthiers, a la cual asistió en enero del 2017.
También detallará otros gastos por USD 200, por entradas al festival de documentales EDOC, otros boletos de cine y del concierto de Fito Páez.
Otros eventos que los contribuyentes pueden deducir son danza, teatro, ópera, mimo y artes circenses. El pasado 6 de febrero, el SRI emitió una resolución detallando lo que se puede deducir.
Según la normativa tributaria, los gastos en bienes y servicios relacionados con la cultura se clasifican en seis categorías: artes vivas y escénicas; plásticas, visuales y aplicadas; literarias y narrativas; cinematográficas y audiovisuales; musicales y sonoras, y promoción y difusión de la memoria social y el patrimonio.
La resolución de la autoridad tributaria incluye, además, gastos relacionados con tatuajes no cosméticos.
Compra de libros y revistas, pinturas, esculturas o su restauración, pagos por formación artística, así como los pagos por visitar museos, archivos o bibliotecas también constan en el listado.
Paola Ruales es frecuente consumidora de arte. Ella asiste a conciertos y compra cuadros, pero el año pasado no solicitó facturas a su nombre porque no estaba enterada de los incentivos tributarios.
Los consumos de arte y cultura están dentro del rubro de gastos de educación. Las personas naturales también pueden deducir gastos de vivienda, alimentación y vestimenta por un monto de hasta USD 3 669,25 por cada rubro y, en el caso de salud, hasta USD 14 677.
Para el caso de residentes en Galápagos, se puede descontar máximo USD 26 463,76.
El anexo lo deben presentar los empleados que ganaron más de USD 11 290 en el 2017 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5 545.
Las personas que proyectaron gastos menores a 5 545, pero en realidad pagaron más y quieren que el SRI les devuelva el excedente, también tienen derecho a este beneficio.
También lo pueden hacer quienes no presentaron el formulario de proyección el año pasado, pero sí tuvieron gastos y quieren la devolución.
Algunos contribuyentes optan por contratar los servicios de un contador para realizar este trámite. El costo por el servicio va desde los USD 30, dependiendo de la cantidad de facturas para procesar, explicó Carlos Calero, director de la firma El Asesor Contable.
El anexo se presenta según el noveno dígito del RUC o cédula y su fecha máxima de presentación es el 28 de febrero.
Por no entregarlo a tiempo hay una sanción de USD 30 para los empleados bajo relación de dependencia y personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Para el período 2017 no rige la inclusión de los gastos de los padres que no tienen ingresos o con pensiones inferiores a un salario básico ni la deducción por hasta USD 22 540 para gastos por enfermedades catastróficas y otros beneficios para los contribuyentes que se aprobaron, en la Asamblea, en la Ley de Reactivación Económica a finales del año pasado. Estos aplicarán para el ejercicio fiscal 2018.
Qué se puede descontar ante el sri
Alimentación. Adquisición de comida preparada o alimentos para cocinar, restaurantes o de supermercados; bebidas (excepto las alcohólicas); pago de pensiones alimenticias.
Salud. Pago de honorarios médicos, servicios de salud de hospitales, clínicas y laboratorios, medicina prepagada, medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis y otros egresos.
Vivienda. Este rubro incluye intereses por préstamos hipotecarios, compra, construcción, remodelación, ampliación, mantenimiento de la casa. También servicios como agua, luz, etc.
Educación matrícula, pensión o derechos de grado; útiles escolares; pago de guarderías; uniformes; transporte escolar; equipos de computación; consumos relacionados con el arte y la cultura; entre otros.
Vestimenta todas las prendas que no sean accesorios; pañales.