Extrabajadores cobran sus utilidades de forma virtual

El Ministerio de Trabajo dispuso un nuevo proceso, a través de Internet, para que los extrabajadores de las empresas cobren las utilidades del 2015. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El Ministerio de Trabajo dispuso un nuevo proceso, a través de Internet, para que los extrabajadores de las empresas cobren las utilidades del 2015. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El Ministerio de Trabajo dispuso un nuevo proceso, a través de Internet, para que los extrabajadores de las empresas cobren las utilidades del 2015. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El pago de las utilidades del 2014 a extrabajadores que no cobraron directamente estos recursos en su empresa se realiza ahora 'on line'.

Este anuncio consta en la web del Ministerio de Trabajo: www.trabajo.gob.ec (servicios en línea, pago de utilidades a ex trabajadores 2014), en la cual el exempleado deberá registrar sus datos antes podrá cobrar los valores. Allí se ofrece un instructivo sobre como ingresar la información.

Según el Ministerio del Trabajo, antes de aplicar este nuevo proceso la consignación de los recursos demoraba hasta 70 días. Con el cambio introducido desde este año el tiempo se reduce a cinco días hábiles. Asimismo, anteriormente el extrabajador acudía a la entidad a entregar la documentación física. Hoy ingresa su documentación en línea, a través de la web.

Ya no son necesarias las copias de la cédula y la papeleta de votación. Solo hay que entregar el certificado bancario en formato PDF y ya no el original. "El tiempo de validez del certificado puede tener dos meses, es decir un mes adicional al requerido en el pasado".

A través del nuevo sistema se determina si el extrabajador tiene o no utilidades consignadas en el Ministerio, e inmediatamente le informa al respecto. En la herramienta virtual la persona podrá conocer si su exempleador le consignó dicho dinero.

El pago de utilidades 2014 a extrabajadores inició el lunes 18 de mayo de 2015. La acreditación de los valores se realiza en las cuentas bancarias de los beneficiarios en cinco días hábiles.

Previo a la acreditación los empleadores debieron depositar los valores respectivos hasta el 15 de mayo de 2015. Si no lo hicieron pueden hacerlo posteriormente, pero pagando una multa.

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