Los gobiernos autónomos descentralizados del Ecuador deberán nuevamente implementar políticas y medidas necesarias para contener los contagios de covid-19. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO
El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional dispuso que los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) del país desarrollen e implementen nuevamente las políticas y medidas necesarias para contener los contagios de covid-19.
Eso se resolvió en la última reunión del COE nacional que se hizo el 7 de abril del 2021 en Cuenca.
La disposición se da luego del dictamen emitido el mismo 7 de abril, por la Corte Constitucional, en el que se resolvió que el estado de excepción focalizado en ocho provincias solo regirá hasta este 9 de abril.
En el documento emitido por el COE se recordó que el toque de queda se mantiene– en el horario determinado anteriormente – hasta las 23:59 del 9 de abril. “El control de su cumplimiento está cargo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional”.
El COE nacional también indicó que la restricción en la venta de alcohol regirá conforme lo dispuesto por el Acuerdo Interministerial 0001 de 30 de marzo de 2021. Es decir, que para los próximos viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo, no se permitirá la venta de licor a partir de las 18:00.
También se establece que los domingos “se prohíbe en todo el territorio nacional de forma expresa para todo establecimiento de los registrados y regulados por el Ministerio de Turismo y por el Ministerio de Gobierno la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo”, según el acuerdo ministerial.
Según esta resolución, la modalidad del teletrabajo en el Ejecutivo y el sector público se extenderá hasta el próximo 26 de abril. Hasta esa misma fecha también se mantendrán suspendidas las clases presenciales en Azuay, El Oro, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas, de los proyectos pilotos previamente autorizados.
Estas son otras disposiciones aprobadas:
– Los parques del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que no tienen playas en el perfil costanero, pueden recibir visitantes garantizando el distanciamiento social de acuerdo con los Protocolos vigentes emitidos por el Ministerio de Ambiente y Agua.
– Se mantiene en vigencia los lineamientos de ingreso al país, emitidos por el Ministerio de Salud Pública, inclusive la disposición emitida mediante Resolución del 06 de abril de 2021, con respecto a pasajeros, provenientes o en tránsito de Brasil.
– El Ministerio de Gobierno, a través de intendencias y gobernaciones, realizará los controles requeridos para evitar la especulación en precios de insumos médicos y alimentos, en coordinación con más instituciones competentes.
– Exhortar a las autoridades locales para que prohíban el acceso a playas y balnearios con fines turísticos en las provincias Azuay, El Oro, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas.
– Exhortar a las autoridades locales para que suspendan las actividades en gimnasios, centros de entrenamiento físico, canchas deportivas, cines, teatros, parques municipales/metropolitanos.
– Exhortar a las autoridades locales para que no permitan la apertura de bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.
– Exhortar a las autoridades locales para que en el marco de sus competencias se regule y mantenga el aforo al 50% en centros comerciales y en restaurantes. Así mismo, la realización de velorios con un aforo del 30% y en estricto apego a protocolos de bioseguridad.
– Exhortar a los GAD para que extremen medidas que correspondan para impedir aglomeraciones en los espacios públicos, a fin de reducir el incremento en el riesgo de trasmisión del SARS COV – 2 y exigir que se cumplan las medidas de distanciamiento social de dos metros, adecuado uso de mascarilla, higiene permanente de manos y asegurar espacios ventilados.
– Conforme al Dictamen de la Corte Constitucional, las restricciones de tránsito se limitan al horario del toque de queda, sin perjuicio de las competencias de cada cantón.
– El transporte público y comercial puede circular fuera del horario de toque de queda, los viajes que tengan horarios extendidos pueden circular sin restricción de horario hasta llegar a su lugar de destino.
– Ninguno de los exhortos podrá interpretarse en el sentido que restrinja la participación política o el proceso electoral, se garantizarán y se continuarán articulando acciones y medidas con la Autoridad Electoral.