Exagentes de la AMT sentenciados a cinco años de cárcel por el delito de delincuencia organizada
La Fiscalía abrió una investigación contra los agentes detenidos de la AMT por la presunta relación con los israelíes. Foto: Twitter Fiscalía
Los exagentes de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) Kléver A. y Jhonny S., fueron sentenciados este 15 de abril del 2021 a cinco años de cárcel por delincuencia organizada para la comercialización de pruebas de diagnóstico de covid-19.
De acuerdo con información de la Fiscalía, el caso de los exagentes está relacionado con los hechos registrados entre marzo y octubre de 2020 y en el que Jacobo Bucaram, también procesado, sería el comprador de los insumos médicos.
Según investigaciones de la Fiscalía especializada Fedoti 9, estas pruebas fueron almacenadas en la casa del expresidente de la República Abdalá Bucaram, en Guayaquil, sin que él contara con facturas o documentos que justifiquen su legal adquisición.
Dentro de este caso, para este jueves 15 de abril estaba prevista la instalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por presunta delincuencia organizada, relacionada con irregularidades en la adquisición y comercialización de 21 000 pruebas de covid-19, sin embargo, la defensa del expresidente y de su hijo Jacobo solicitó –nuevamente– el diferimiento de la diligencia, aduciendo que sus abogados se encontraban en otra audiencia que se desarrollaba en Guayaquil, a la misma hora.
Pese al diferimiento de esa audiencia, la jueza de Garantías Penales María Elena Lara sí instaló la diligencia de procedimiento abreviado, a la que se sometieron Kléver A. y Jhonny S., exagentes de la AMT. Ellos aceptaron su participación en los hechos, señala la información.
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Con base en más de treinta y cinco elementos probatorios, la Jueza emitió sentencia condenatoria y aceptó la pena privativa de la libertad de cinco años sugerida por la Fiscal del caso, resolución que dictó tras haberlos hallado culpables, en calidad de autores del delito de delincuencia organizada.
La Fiscal también solicitó a la Jueza que disponga a los acusados que emitan disculpas públicas al personal consular y diplomático de la Embajada de Estados Unidos, pero esto no fue aceptado.
Pero sí admitió la reparación inmaterial de pedido de disculpas públicas al Estado, acto que se desarrolló en la misma audiencia.
La Fiscalía también solicitó una reparación material, sin embargo en su resolución oral, la Magistrada explicó que, por la naturaleza del delito de delincuencia organizada, no es posible establecer un daño a una víctima en particular.
La información del Ministerio Público señala que en la audiencia, Fiscalía demostró que Kléver A. y Jhonny S. desempeñaron un rol de liderazgo dentro de la organización delictiva dedicada a la comercialización de pruebas para detección de covid-19 y para ello se valieron de sus cargos como escoltas de seguridad presidencial para acompañar a los extranjeros Sheinman Oren y Shy Dahan, este último asesinado en la Penitenciaria del Litoral el pasado 8 de agosto de 2020, en circunstancias que son investigadas por Fiscalía.
En la custodia prestada por los exagentes se utilizaron motocicletas dadas en logística por la AMT. Por concepto de brindar seguridad, Kléver A. recibió incluso USD 5 000, beneficiándose directamente de la organización delictiva, detalla la Fiscalía.
En las investigaciones también se demostró que los ahora sentenciados ayudaron a gestionar credenciales falsas de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) para que Sheinman Oren y Shy Dahan no tuviesen problemas en posibles controles mientras trasladaban las pruebas de covid–19.
En esta causa también son procesados tres exfuncionarios de la Agencia Metropolitana de Tránsito y cuatro personas más.
La delincuencia organizada está tipificado en el artículo 369, inciso primero del COIP, que estipula que “la persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, que tenga como objetivo final la obtención de beneficios económicos u otros de orden material, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años”.