Por ‘error’ se eliminaron dos leyes tributarias en la Asamblea Nacional

La Comisión de Derechos Colectivos tramitó la Ley del Adulto Mayor en el 2018. Foto:Cortesía Asamblea Nacional

La Comisión de Derechos Colectivos tramitó la Ley del Adulto Mayor en el 2018. Foto:Cortesía Asamblea Nacional

La Comisión de Derechos Colectivos tramitó la Ley del Adulto Mayor en el 2018. Foto:Cortesía Asamblea Nacional

Dos leyes tributarias que contienen disposiciones concernientes al Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) y contribuyentes relacionados con paraísos fiscales, entre muchos otros aspectos, fueron derogadas a través de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores.

La derogatoria se refiere a la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal (diciembre 2014), y la Ley para el Equilibrio de las Finanzas Públicas (abril 2016). En conjunto suman más de 100 artículos, reformas y disposiciones.

Ambas fueron dadas de baja, por completo, mediante las disposiciones derogatorias Novena y Décima de la Ley del Adulto Mayor, aprobada por la Asamblea en julio del 2018 y publicada en el Registro Oficial el 9 de mayo del 2019.

Esas disposiciones se incluyeron pese a que solo el Presidente de la República tiene la facultad de promover cualquier aspecto normativo en materia tributaria. La Ley del Adulto Mayor no fue una propuesta del Ejecutivo.

El artículo 301 de la Constitución determina que solo por iniciativa de la Función Ejecutiva, y mediante ley sancionada por la Asamblea, se podrá establecer, modificar, exonerar o extinguir impuestos.

Ramiro Rivadeneira, exdefensor del Pueblo, propuso el proyecto legal, pero las disposiciones derogatorias de los dos cuerpos tributarios se introdujeron en el texto para segundo debate. No está claro de quién fue la iniciativa.

Abogados tributarios consultados por este Diario coinciden en que la forma cómo se derogaron de las dos leyes en cuestión es preocupante, ya que se eliminan importantes facultades de control al Servicio de Rentas Internas (SRI) y además se afectaría a la recaudación tributaria en general.

Un ejemplo es el impuesto a la venta ocasional de inmuebles, acciones y participaciones, creado por la Ley de Incentivos. Ahí se establece que pagarán impuesto a la renta las utilidades que perciban las sociedades domiciliadas o no en Ecuador y las personas naturales, ecuatorianas o extranjeras, residentes o no en el país, provenientes de la enajenación directa o indirecta de acciones, participaciones, otros derechos representativos de capital u otros derechos.

Napoleón Santamaría, experto tributario, cree que a partir de la derogación de la ley ya no regiría este cobro. Tampoco aplicaría lo relativo a la identificación del domicilio de los accionistas vinculados con empresas localizadas en paraísos fiscales, lo cual podría beneficiar a ecuatorianos asociados con este tipo de firmas.

Las leyes derogadas, además, elevaron el ICE para cigarrillos, cervezas, gravaron las gaseosas, etc. (ver recuadro).

Fue la Comisión de Derechos Colectivos, Comunitario y la Interculturalidad la encargada de tramitar la Ley del Adulto Mayor en el 2018.

Entonces estuvo conformada por los asambleístas Jorge Corozo (AP), quien además fue presidente de la mesa, Marcela Holguín (RC), vicepresidenta, Carlos Cambala (AP), José Chalá (AP), Guadalupe Salazar (AP), Tito Puanchir (PK), Carmen García (AP), César Carrión (Creo), Jeannine Cruz (Creo) y Jaime Olivo (PK).

Carrión fue el único que se pronunció al respecto, asegurando que hubo un “error”, del que responsabilizó al equipo técnico de la Comisión.

“Se suponía que el equipo técnico debía haber derogado aquellos (artículos) que están en contraposición a la Ley (del Adulto Mayor). Se supone que los técnicos han estudiado detalles minuciosos, debían haberlo hecho al artículo más no a las leyes”, comentó Carrión.

Ahora, en la Asamblea Nacional se busca la manera de reparar el “error”. Una de las opciones es hacerlo a través de una fe de erratas.

Esa es la sugerencia que la legisladora Gabriela Larreátegui (SUMA) hizo al presidente del Legislativo, César Litardo (AP). La asambleísta es especialista en temas tributarios, trabajó por siete años en el SRI, reconoce que la situación es delicada y cuestionó la actuación de la Comisión.

Sin embargo, considera que no debería variar el trabajo que viene desarrollando el ente recaudador, porque las derogatorias, tal como están planteadas, contradicen el debido proceso y serían inválidas.

El martes pasado, 21 de mayo del 2019, este Diario consultó a Rentas Internas, a través de un correo electrónico, cómo afecta esto a la recaudación y cómo queda el control a los paraísos fiscales. No hubo respuesta hasta el cierre de esta edición.

El abogado Carlos Licto dijo que se ha generado “un grave problema de seguridad jurídica”, los contribuyentes y la administración tributaria “se quedan en la incertidumbre” al no saber cómo proceder.

No es la primera vez que la Comisión de Derechos Colectivos genera críticas. Este mismo año, en las reformas a la Ley de Comunicación, no modificó el artículo 5 que establecía a la comunicación como un servicio público, pese a que era parte de los acuerdos con los diferentes actores.

Puntos claves sobre las Normas que fueron derogadas

ICE. Se elevó el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a productos como los cigarrillos, cervezas, gaseosas, bebidas energizantes, bebidas azucaradas y jugos artificiales.

Telefonía. Se gravó con ICE del 15% a la telefonía móvil y fija de las sociedades.

Acciones. Se eliminó la exoneración del IR a la venta de acciones, inmuebles o participaciones.

ISD. Se redujo el monto límite de transacciones libres del pago del impuesto a la salida de divisas (ISD) a USD 5 000. Una personas que sale del país puede llevar consigo hasta 3 salarios básicos en efectivo sin tener que pagar el tributo.

Inversiones. Exoneración de 10 años del pago del impuesto a la renta (IR) para nuevas inversiones.

Deducción. Los costos y gastos por promoción y publicidad de bienes y servicios son deducibles del IR hasta el 4% del total de los ingresos del contribuyente. Para las mipymes no hay límites.

Banano. Las actividades relacionadas al sector bananero (producción, cultivo, exportación y venta local) que se produzcan en el país estarán sujetos a un impuesto a la renta único.

En contexto

La Ley del Adulto Mayor se presentó en la Asamblea el 29 de septiembre del 2014. La Comisión de Derechos Colectivos presentó el informe para primer debate en mayo del 2018. Ese informe incluyó las derogatorias Novena y Décima, que hoy generan inquietud.

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