El juez Iván Saquicela habló de la sentencia en el caso Sobornos, en una entrevista televisiva. Foto: Captura de pantalla
Este 9 de abril del 2020, los abogados de los sentenciados en el caso Sobornos cuestionaron las declaraciones públicas que el juez Iván Saquicela emitió sobre este expediente.
“Tenemos la absoluta convicción de que la sentencia en derecho puede ser revisada por cualquier Tribunal nacional o internacional y por cualquier foro y se va a llegar a la misma conclusión de que la sentencia es motivada, que hay delito de cohecho y que hay responsabilidad”, dijo el magistrado durante una entrevista con Teleamazonas la noche de ayer miércoles 8 de abril.
Fausto Jarrín, abogado de Rafael Correa, fue uno de los primeros en criticar la actuación del juez. “Es una falta total de ética, los jueces se pronuncian en sus fallos, no en los medios”.
Añadió que esto “pone de manifiesto la falta de imparcialidad de juez, por ende del Tribunal y podría tratarse de un actuar contra la norma expresa que en el caso de los jueces es muy grave”.
Jorge Luis Ortega, abogado de Walter Solís, también indicó que nunca se ha visto que un juez salga a un medio de comunicación a defender un fallo. Por eso no descarta presentar una demanda en un organismo internacional como Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Harrison Salcedo, defensa del exvicepresidente Jorge Glas, aseguró que el hecho de que un juez emita declaraciones públicas constituye un delito de prevaricato, pues la sentencia aún no ha sido notificada por escrito. “Es la primera vez en América Latina que un juez sale a dar declaraciones luego de dar un fallo”.
El penalista Juan Pablo Albán también coincidió que la acción del juez Saquicela muestra una falta de “imparcialidad” en el caso, pues el magistrado integra un Tribunal que aún puede conocer recursos legales de ampliación y aclaración de la sentencia.
El jurista también consideró que esto podría provocar que el Consejo de la Judicatura inicie una investigación disciplinaria.
El Código Orgánico de la Función Judicial (art. 103 numeral 11) establece que un servidor judicial tiene prohibido “expresar su opinión, aun privadamente, o anticiparla en la causa que estuviese en su conocimiento”.
En esa misma normativa (art. 128) se menciona que los jueces tienen prohibido “manifestar su opinión anticipada en causas que estuvieren juzgando o debieren juzgar”.
Este Diario pidió a la Corte Nacional de Justicia una respuesta del magistrado Saquicela, pero aún no hay respuesta.