Jorge Benavides: ‘Lo plurinacional, concepto que desborda lo jurídico’

Foto: Galo Paguay/ EL COMERCIO.

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Entrevista a Jorge Benavides, constitucionalista

¿Cómo ha sido el tránsito de la Constitución de 1998, cuando se hablaba de multiculturalidad, a la plurinacionalidad en el 2008?

Es una evolución interesante del texto constitucional. Cuando se hablaba de la multiculturalidad en la Constitución de 1998, se dimensionaba las interacciones entre culturas y lo que hacía el Estado era proteger a cada una de ellas desde un principio de igualdad. La noción del 2008, cuando se habla de plurinacionalidad, es una visión que supera al Estado multicultural.

La plurinacionalidad trata un concepto político, que habla del autogobierno de las comunidades, pueblos y nacionalidades. Además, hay una idea de interculturalidad, esto es la relación entre los pueblos con respecto de la comunidad mestiza en general.

Pero la plurinacionalidad está delimitada en la Constitución a circunscripciones territoriales que hasta ahora no se han concretado… ¿Es como que no hay interés en eso?

El hecho de que esto no se haya hecho efectivo da cuenta de que hay temas pendientes sobre la plurinacionalidad, porque se podría entender a las circunscripciones territoriales como su máxima expresión, en donde no se trata de crear un poder arbitrario que tendrían los pueblos y nacionalidades, porque el límite está en los derechos constitucionales y los tratados internacionales. Por otro lado, son preocupantes algunas visiones sobre las circunscripciones territoriales indígenas de ser una suerte de escisión o de división del Estado. Sigue siendo un Estado constitucional, pero los derechos, la concepción misma de las instituciones, debe ser remozada por esta idea de interculturalidad.

¿La solución para que se aclaren los límites de la plurinacionalidad es de tipo político?

Me parece que sí y también de tipo jurisdiccional. Por ejemplo, para aclarar la idea de la plurinacionalidad es necesario que la Corte Constitucional defina cuáles son sus alcances y límites. Hay una interpretación muy restrictiva de lo que supone la plurinacionalidad en cuanto al tema de la justicia indígena. La Corte constitucional en el 2014 delimitó a la justicia indígena al espacio territorial. Entonces si existe una disputa debe tratarse de dos indígenas en el espacio territorial de una comunidad, siempre y cuando se trate de un bien jurídico que no sea la vida. Lo deja muy en el plano de la relación intercultural, pero la idea de plurinacionalidad supone un concepto abarcador de lo político. O sea, a la Corte Constitucional le queda explicar qué se entiende por autogobierno de los pueblos y nacionalidades. La plurinacionalidad supone un concepto complejo que desborda la idea de lo jurídico.

¿Por qué esa aversión a lo plurinacional?

Me parece que desde ciertos sectores hay un miedo a la plurinacionalidad, porque es un concepto reivindicado desde los pueblos y nacionalidades y hay una idea de subversión, de sedición, de apartarse de esta idea moderna del Estado-nación que ya no existe, ese concepto de un solo territorio, una sola nación. La base de un constitucionalismo plurinacional supone las bases occidentales que tenemos como modelo, es decir Europa, pero rebasado por estas visiones interculturales, por este diálogo de saberes horizontales.

¿Se trataría de estados dentro de un Estado?

No, eso está prohibido. Incluso la Constitución lo prohíbe, no lo permiten ni los tratados internacionales. Claramente, el convenio de la OIT 269 que regula sobre los pueblos y nacionalidades, expresa de modo explícito que no es posible comprender la posibilidad de autogobierno sobre circunscripciones territoriales, así como la posibilidad de una secesión o de establecer un Gobierno o un Estado dentro de otro Estado.

Es evidente que también falta al mundo indígena tener claro hasta dónde llega la plurinacionalidad…

Así es. La Constitución señala que hay límites a lo que pueden hacer con las prácticas y costumbres y el derecho consuetudinario. ¿Cuáles son esos límites? Los derechos constitucionales, los tratados internacionales y la dignidad humana, que es un concepto moderno occidental, que tiene que entrar en comunicación con los saberes ancestrales. Si cabe, debe haber una relación de igualdad entre las categorías mestizo-occidentales con este aditamento que es el estado plurinacional e intercultural, una lectura de complemento, no de tensiones.

¿En un país racista es posible esa lectura?


En el Ecuador deberíamos tomarnos en serio el discurso de la igualdad, porque me parece que existe una suerte de subestimación desde la noción de lo mestizo-occidental que ve con una suerte de inferioridad a las culturas, las formas de organización, los principios y los saberes propios de las nacionalidades indígenas. Lo primero que tenemos que hacer entonces es tomarnos en serio la idea de igualdad. Es muy importante toda esta matriz de pensamiento mestizo-occidental, pero tiene que entrar en diálogo, en igualdad de condiciones, con los saberes ancestrales.

Hoja de vida

Jorge Benavides Ordóñez. Doctor en Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla.

Actualmente es Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad Tecnológica Equinoccial.

Es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Andina Simón Bolívar.

Además, fue profesor invitado de la Universidad de Sevilla (2016- 2017), en el masterado de Derecho Constitucional.

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