Silvia Buendía, abogada y defensora de minorías sexuales. Foto: cortesía Silvia Buendía
Entrevista a Silvia Buendía, abogada y defensora de minorías sexuales
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) hizo pública, el martes 9 de enero del 2018, su decisión consultiva favorable al respeto a la identidad de género y no discriminación a parejas del mismo sexo. El 24 de noviembre del 2017 respondió a una pregunta realizada en mayo del 2016, por el Presidente de Costa Rica.
¿Qué tan trascendental es esa posición?
Es histórica, aunque ya existía un precedente, en 2012, en el caso Karen Atala Riffo y niñas versus Chile. La jueza chilena se divorció e inició una relación con otra mujer. El exesposo le quitó la tenencia de sus tres hijas pues se consideró que una lesbiana no podría cuidar bien de ellas. La Corte reconoció la discriminación sufrida por la orientación sexual.
¿Y con esta nueva posición, la Corte-IDH qué les dice a los Estados que suscriben la Convención Americana sobre Derechos Humanos?
Le envía un mensaje al Presidente de Costa Rica, que al parecer es progresista por la consulta que hace, y a todos los Estados miembros, entre ellos, Ecuador. Les dice que la identidad de género y que el matrimonio y todas las figuras de filiación entre parejas del mismo sexo son derechos humanos. Y que no se puede discriminar a ninguna persona por su orientación sexual.
¿Qué efecto tiene esa postura en Ecuador?
Aquí funciona la unión de hecho, con ciertos derechos, pero sin una igualdad real. Quienes tienen una pareja del mismo sexo no pueden registrar a su prole, como en el caso de Satya. No hay filiación homoparental, no se inscribe a los hijos de esas familias en el Registro Civil.
En el país también está vigente la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles. ¿Se ha avanzado?
Cuando se aprobó la ley sí lo tomamos como un paso adelante, pero es muy pequeño e insuficiente. Habla del cambio del nombre en la cédula para personas de 18 años. ¿Qué pasa con todos los niños y niñas trans? Los directores de escuelas y las autoridades de educación no saben qué hacer cuando el niño dice que es niña y quiere ponerse ese uniforme y ser llamado según el género con el que se identifica.
¿Qué otras dificultades enfrentan los trans?
A ellos les cambian el nombre en la cédula, cuando tienen mayoría de edad, pero deben llevar dos testigos, lo que viola el derecho a la intimidad. Además, los cambios no se hacen en el pasaporte, por ejemplo, solo en la cédula. Si están en un banco, la cajera se percata de que son trans pues en su caso dice género femenino o masculino y no sexo, como en el caso de los cisgéneros. Eso provoca discriminación.
¿En Ecuador existe algún tipo de antecedente a la respuesta de la Corte-IDH, que beneficie a la población Glbti?
En mayo del 2017, la Corte Constitucional de Ecuador dictó sentencia en relación a la demanda del joven manabita Bruno Paolo, un transmasculino. La resolución fue que en la inscripción de nacimiento, no solo en la cédula de identidad, se ubique el cambio de sexo de femenino a masculino. Y le dio un año a la Asamblea para adoptar disposiciones legales, para regular el cambio de sexo de las personas transexuales.
Aunque sean pequeños los adelantos que el país tiene en materia de respeto a la diversidad sexual, ¿cómo pueden ser vistos en la región?
Se puede decir que vamos en sintonía con la tendencia de respeto a los derechos humanos. Los asambleístas deben correr y revisar leyes como la de Gestión de Identidad, también deben dar paso a reformas para permitir el matrimonio civil igualitario.
¿Cuál es el camino para que estos derechos puedan concretarse?
La posición del mayor organismo de derechos humanos de la región es un tremendo empujón. La Corte Constitucional debe dar paso al matrimonio civil igualitario planteado por Pamela Troya y Gabriela Correa. También, el pedido para Satya.
En Ecuador todavía hay grupos que no están de acuerdo con que personas del mismo sexo se casen y que se encarguen de la crianza de niños.
La respuesta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un llamado de atención a quienes actúan con odio señalando que la familia es solo papá, mamá e hijos. También, dicen que quien nace hombre o mujer no puede cambiar.
La Corte Constitucional no ha respondido desde junio del 2014 al planteamiento de acción extraordinaria de protección, que permitiría que Troya y Correa puedan casarse. ¿Qué otras medidas se pueden seguir?
Quizá plantarnos frente a la Corte Constitucional (CC) y preguntar ¿hasta cuándo los esperamos? Si la Corte Interamericana de Derechos Humanos se manifestó ya, deben actuar. Puede ser difícil, pero incluso uno de los jueces firmantes de esta opinión consultiva fue Patricio Pazmiño, quien fue presidente de la CC.
¿Y si la Corte Constitucional sigue sin responder en este y otros casos?
Es cuestión de tiempo, pero no pueden demorarse más. No pueden seguir negándoles sus derechos. No son contados los casos de hijos de madres lesbianas, por ejemplo o de niños trans.
Hoja de vida
Abogada guayaquileña, defensora de derechos humanos de la población de Gais, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexo (Glbti); y militante de Ruptura de los 25.
Pensamiento. La Asamblea Nacional y la Corte Constitucional deben dar respuestas ya a la población Glbti, a niños trans, a hijos de parejas homoparentales,