Rafael Correa, presidente del Ecuador. Foto: EL COMERCIO
El apoyo del presidente Rafael Correa para que se enmiende la Constitución y se dé paso a la reelección indefinida a todos los cargos de libre elección tiene algunos pasos que cumplir.
El primero de ellos no depende de la Asamblea Nacional sino de la Corte Constitucional. Esta instancia será la que dictamine cuáles son los pasos que deben darse: si es vía reforma o enmienda. Si dice que es la primera, será inevitable que el país vaya a una consulta popular. Si determina que es la enmienda, entonces la legislatura deberá hacerlo.
Para la enmienda, la asambleísta de Alianza País, Soledad Buendía, ya presentó un texto que reformará los artículos 114 y 144 de la Constitución. No lo hizo oficialmente aún a la Asamblea. Primero va a cumplir con un trámite que no es propiamente para la aprobación de una Ley o Reforma, sino una costumbre del oficialismo.
La modificación está ahora en manos de la Coordinación de AP. El bloque de 100 asambleístas tratará al interno la enmienda para de ahí pasar al Consejo de Administración Legislativa (CAL) que, según el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, deberá conformar una comisión especializada ocasional para que analice la propuesta.
En el Capítulo Tercero de la Constitución del Estado, la enmienda debe partir de la iniciativa de no menos de la tercera parte de miembros de la Asamblea, es decir 46. Deberá debatirse en dos debates; el segundo deberá realizarse “de modo impostergable en los 30 días siguientes al año de realizado el primero”.
Para su aprobación definitiva, necesitará del voto favorable de las dos terceras partes de la Asamblea, constituida por 137 legisladores. El oficialismo supera por sí este requisito numérico por tener 100 curules.