El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la inscripción de las cuatro primeras firmas que podrán participar en la realización de pronósticos electorales para las elecciones del 19 de febrero del 2017.
Las empresas que cuentan con la autorización son: Instituto de Estudios Sociales y Opinión Pública (IESOP); Opecuador Estudios Sociales y Políticos S.A; Blasco Peñaherrera y Asociados Estudios de Mercadeo y Opinión Pública CIA. LTDA. También se autorizó al señor Marco Vinicio Yánez Salcedo.
Juan Pablo Pozo, presidente del CNE, mencionó que las encuestadoras, al ser fuentes de información, deben cumplir con los procedimientos y requisitos que señala el Código de la Democracia. Las firmas aprobadas calificaron luego de revisar el cumplimiento de los requisitos.
“El CNE podrá pedir información a las empresas acreditadas, personas naturales o jurídicas, para hacer un análisis de que la información cumpla los procesos técnicos y sea responsable”, dijo.
Pozo además acotó que los resultados de encuestas o pronósticos electorales podrán ser publicados por los medios de comunicación desde la convocatoria a elecciones hasta diez días antes de los comicios generales. Caso contrario habrá sanciones.
De acuerdo al artículo 206 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador (Código de la Democracia), las empresas que realicen pronósticos electorales, para ejercer su actividad deberán inscribirse y registrarse previamente en el CNE y sujetarse a las normas que el organismo expida. El incumplimiento de este requisito impedirá su participación pública en los procesos.
El artículo 303 de la Ley Electoral establece que las empresas que no se inscriban y no se registren previamente en el CNE serán sancionadas por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), con una multa que va desde los USD 5 000 hasta los USD 20 000. En caso de reincidencia se ordenará al organismo competente para que proceda a cancelar su personería jurídica.
Para la inscripción de las personas naturales o jurídicas se deberá presentar en la Secretaría General o Delegación Provincial Electoral correspondiente, una solicitud de inscripción y registro, la misma que contendrá: dirección, números telefónicos, correos electrónicos de los solicitantes y del representante legal de ser el caso, acompañados de la documentación establecida en el reglamento.