‘Las emergencias han sido mal usadas’
Redacción Judicial
La intervención de las Fuerzas Armadas en los asuntos de orden interno siempre ha sido de preocupación.
El veto del Ejecutivo a la Ley de Seguridad Pública establecía la posibilidad de que las FF.AA. asuman las funciones policiales para controlar las huelgas, protestas, marchas, etc., “siempre que estas sobrepasen la capacidad operativa de la Policía”.
Sin embargo, la Asamblea Nacional rechazó esta propuesta. Se determinó que los militares solamente actúen cuando se decrete el estado de excepción, con la venia del Presidente y del Ministro de Defensa.
Según un estudio de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), los estados de emergencia (excepción) han sido declarados por varias causas, desde la conmoción interna hasta la reconstrucción vial.
Sin embargo, el objetivo primordial del estado de excepción es la defensa del territorio nacional y lucha contra la subversión.
El investigador de la Flacso, Guillermo Benalcázar, analizó los períodos presidenciales desde 1960 hasta 2006 y determinó que los gobiernos han recurrido a la aplicación esa política bajo distintas modalidades. Así, en el período analizado se declararon 167 emergencias, de ellas 13 fueron por conmoción interna, 41 por catástrofe natural, siete por agresión externa, seis por desorden público, seis por combate a la delincuencia y 94 por causas de otro tipo. En todas ellas intervinieron los militares.
Según el experto en derechos humanos, Ricardo Camacho, el problema de incluir a las FF.AA. en los estados de excepción radica “no solo en tema legal sino doctrinal. Los militares no están preparados para hacer labores de la Policía porque su doctrina es otra: Los soldados están preparados para la guerra, lo que
significa un derecho a matar en el campo de batalla, siempre y cuando se respete el Derecho Internacional Humanitario”.
Por ello, los asambleístas establecieron que en la Ley de Seguridad no se permita a los uniformados intervenir.
Para Benalcázar, esta medida fue acertada, pues en la norma se “considera un nuevo sistema de Seguridad Publica bajo una óptica civilista, cuya responsabilidad es garantizar una cultura de paz y la seguridad integral”.
No obstante, cree que los elementos que integran el sistema de Seguridad no están definidos, porque no se han considerado a los actores importantes de la
seguridad, como son los policías y militares. Ellos pasan a ser elementos aislados.