La Comisión de Desarrollo Económico trató desde mayo del 2018 el texto presentado por el ministro de Finanzas, Richard Martínez (segundo desde la der.). Foto: Archivo / EL COMERCIO
El veto del Ejecutivo a la Ley de Fomento Productivo, que llegó este miércoles, 18 de julio del 2018, a la Asamblea, presentó 66 objeciones al documento que el Legislativo había aprobado el pasado 21 de junio.
Una de las objeciones claves se refiere al art. 124, que contiene las reglas macrofiscales y el límite al endeudamiento. “El veto profundiza en las mejoras que hizo el Legislativo durante los debates, señaló ayer Richard Martínez, ministro de Finanzas, en una entrevista con Teleamazonas.
Inicialmente, ese artículo proponía alcanzar el equilibrio fiscal primario hasta el 2021; es decir, reducir a cero el déficit fiscal de manera que los ingresos sean suficientes para cubrir los gastos del presupuesto, sin tomar en cuenta el pago de intereses de la deuda pública.
Además, en ese período se planteaba que no rija el techo de endeudamiento, que, de acuerdo al Código de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip), no puede superar el 40% en relación al PIB.
El texto aprobado por la Asamblea no especificaba cómo se llegaría a ese equilibrio.
De ahí que varios asambleístas consideraron que esto dejaría la puerta abierta para que el Gobierno siga endeudándose para reducir la brecha en el Presupuesto.
Sin embargo, la norma propuesta por el Ejecutivo era una salida a la situación actual del endeudamiento público, ya que hasta junio pasado la deuda ya superaba el 46% del PIB.
En la objeción a este artículo, el Ejecutivo eliminó el plazo de tres años que él mismo se puso para alcanzar el equilibrio, así como el período sin límite de endeudamiento.
El veto del Ejecutivo ahora propone que no se apruebe un Presupuesto con déficit primario o cuyo resultado global no cumpla con una meta definida en un reglamento.
En el documento se especifica que dicha meta “observará que el gasto del Gobierno no supere la tasa de crecimiento de largo plazo de la economía”.
El Ejecutivo propuso cambios a este artículo, pues consideró “necesario ampliar las condiciones de aplicación de las reglas para introducir objetivos de saldo primario y de gasto”, señala el documento.
En el caso de que se verifique un riesgo de incumplimiento con relación a las reglas y metas fiscales, dice el documento, se aplicarán mecanismos de corrección automática y planes de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal para garantizar su cumplimiento.
El documento, además, plantea que se monitoree el cumplimiento de las reglas fiscales de forma periódica mediante informes públicos.
Según Martínez, la reforma también requería una mejor tipificación de los sectores priorizados para los beneficios de exoneración del impuesto a la renta planteados en la Ley. Con ello, se espera beneficiar a otros sectores como el agroasociativo y el agroproductivo.
Sobre el impuesto a la salida de divisas (ISD), el veto especifica que los dividendos estarán exentos del pago de este tributo siempre que estos provengan de recursos frescos que ingresen al país.
Otro tema que generó debate fue el IVA para los seguros de desgravamen. El plan inicial era que la Junta Monetaria y Financiera defina segmentos y condiciones para que aplique la tarifa 0% de IVA, pero el veto elimina esa condición.
Según el Ministro, sin la reforma, en el 2018 el déficit fiscal era de USD 7 700 millones. Con la implementación de la remisión tributaria incluida en la Ley, con la que el Fisco espera recaudar USD 602 millones y medidas de ajuste del gasto, el déficit baja a 4 000 millones.
Propuestas principales del veto
Déficit primario. No se permitirá aprobar un Presupuesto en el cual el resultado primario arroje déficit y en el que el gasto supere la tasa de crecimiento de largo plazo de la economía.
Fondo de ahorro. Una vez alcanzado equilibrio primario, los ingresos de la explotación de recursos naturales no renovables que superen lo presupuestado se destinarán a un fondo de ahorro.
Límite de deuda. Inicialmente, el Gobierno propuso que mientras se alcance equilibrio fiscal, el techo de endeudamiento del 40% del PIB no regirá, pero el veto elimina ese planteamiento.
Excepciones. En casos excepcionales, las reglas y metas fiscales podrán ser suspendidas temporalmente cuando ocurran catástrofes, recesión económica grave, desequilibrios en el sistema de pagos.
Exoneración ISD. Podrán gozar del beneficio de exoneración en pago del impuesto a la salida de divisas por importación de bienes y los dividendos, siempre que se trate de nuevas inversiones.
Seguros. Los seguros de desgravamen, seguros y reaseguros de salud y vida, individuales y en grupo, entre otros, tendrán tarifa de 0% del IVA sin necesidad de que la Junta establezca condiciones.
En Contexto
Esta es la segunda Ley económica urgente del gobierno de Lenín Moreno. La primera, la Ley de Reactivación Económica, fue tratada por la Comisión de Régimen Económico, mientras que la Ley de Fomento Productivo la trató la de Desarrollo Económico.
Veto presidencial completo