Un pacto verbal no garantiza el arriendo

El esmeraldeño se sorprendió cuando el dueño de la vivienda le dijo que formalizara un contrato de arrendamiento. “Toda mi vida he sido inquilino y nunca me han hecho firmar un documento de esos”, dice Miguel L.

En Esmeraldas, los propietarios de inmuebles no están acostumbrados a elaborar un contrato. “Al menos, el 70% de la población establece acuerdos verbales”, señala Mauricio Angulo.

Para él, la informalidad se ha convertido en un problema porque impide, por ejemplo, tener una constancia del pago mensual por el uso de la propiedad.

El arrendador de Miguel L. le dijo que debía cancelar USD 200 por dos meses de arriendo y USD 100 de garantía, por adelantado. Y que luego le haría firmar el contrato. Según el arrendatario, han pasado dos años y aún sigue esperando la suscripción del contrato.

Para David Valencia, secretario relator de la Corte Provincial de Esmeraldas, esa práctica es común entre los esmeraldeños.

No obstante, a falta de contrato, no exime al inquilino del pago mensual del arriendo y de ser procesado si no cancela a tiempo.

El dueño de la vivienda puede presentar la demanda ante un juez de lo civil, exigiendo que se desocupe el inmueble y se cancelen las pensiones pendientes por el uso del local.

Rita Guerrero, propietaria de una casa en el barrio El Faro, en el norte de la ciudad, asegura que por no elaborar un contrato perdió USD 600.

Ella arrendó su casa hace seis meses. Sin embargo, los inquilinos no le cancelaron un solo mes de renta. “No inicie una acción legal contra ellos porque no tenía un contrato para respaldarme”.

A los tres juzgados de lo Civil de Esmeraldas llegan entre dos y cinco causas de inquilinato al mes.

Cada mes, en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil se registran hasta dos denuncias por falta de pago. En el Juzgado Tercero, en cambio, entre 5 y 6 al año.

Según Valencia, hasta hace ocho años funcionó el Juzgado de Inquilinato en la Corte Provincial de Justicia. Pero fue cerrado porque la actividad era muy escasa. “Las personas no denuncian por desconocimiento”.

Lo que no debe pasar por alto si decide arrendar una vivienda

Lea detenidamente el contrato de arrendamiento. En especial las cláusulas ubicadas al final de la hoja y en letras pequeñas.El arrendatario tiene derecho a vivir en un lugar sin perturbación.

El inquilino debe verificar que el arrendador sea el dueño de la vivienda que rentará. De lo contrario debe exigir la copia del poder notariado a nombre del representante del dueño.

Antes de ocupar una vivienda se debe hacer una inspección con el dueño del inmueble. Verificar las instalaciones eléctricas, paredes, baños, pisos, grifos y elaborar un inventario.

La persona que vaya a ocupar el inmueble debe pedir los recibos de agua, luz y teléfono para verificar que no existan deudas pendientes. También la factura de los pagos del arriendo.

El monto acordado del arriendo deberá pagarse en la fecha que consta en el contrato. El arrendador no puede exigir el pago adelantado ni tampoco una garantía al arrendador.

Los dueños de casa no pueden suspender los servicios básicos, aunque los arrendadores se encuentren en mora. Tampoco colocar candados o cambiar las seguridades de las puertas.

Suplementos digitales