El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, dispuso un nuevo feriado para este jueves 31 de octubre de 2024, a través de la firma del Decreto Ejecutivo 438.
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Esta fecha se suma a los asuetos contemplados por Difuntos e Independencia de Cuenca.
De acuerdo con el calendario del Ministerio de Turismo, el primero se celebra este sábado 2 de noviembre, pero se traslada al viernes 1 de noviembre.
Mientras que los festejos por la Independencia de Cuenca coinciden el domingo 3 de noviembre, por lo que se trasladan al lunes 4 de noviembre.
Con el anuncio del Presidente, los ecuatorianos tendrán un feriado extensivo de cinco días para descansar y viajar: jueves 31, viernes 1, sábado 2, domingo 3 y lunes 4.
Así, los días de descanso por los dos feriados de noviembre son cuatro: viernes 1, sábado 2, domingo 3 y lunes 4.
La medida del feriado extraordinario tiene carácter obligatorio tanto para los trabajadores públicos como privados.
El objetivo de este descanso obligatorio es “fortalecer la actividad económica y beneficiar al sector turístico“, señaló Presidencia.
Este sector es uno de los más afectados por la crisis energética; según Holbach Muñetón, presidente de la Federación Nacional de Cámaras Provinciales de Turismo del Ecuador (Fenacaptur), quienes se dedican a esta actividad pierden por hora entre 250 000 a 300 000 dólares por los apagones.
Un asueto será recuperable
Los feriados por el Día de Difuntos e Independencia de Cuenca no son recuperables; sin embargo, el asueto extraordinario del jueves 31 de octubre sí lo es.
La disposición presidencial señala que para el sector público se establecerá un cronograma específico para recuperar el día no laborado. El Gobierno anunciará la planificación de recuperación en los próximos días.
En tanto, el sector privado tendrá la facultad de organizar a su conveniencia la recuperación de la jornada de descanso, “siempre que se garanticen los derechos laborales de los trabajadores y se mantenga la continuidad de las actividades consideradas esenciales”, indicó el Ministerio de Trabajo.
En conclusión, de los cinco días de descanso obligatorio, el jueves 31 deberá devolverse; mientras que el viernes 1, sábado 2, domingo 3 y lunes 4 no serán repuestos.
Luego de este extenso feriado, el único descanso obligatorio que resta en el año es el de Navidad, el 25 de diciembre.