Conductor de bus responsable de accidente de tránsito en Azogues fue condenado a cinco años de prisión

El accidente ocurrió pasadas las 17:00 del miércoles 31 de enero del 2018. Foto: Cortesía ECU 911

El propietario y conductor del bus de la Cooperativa Cañar, Segundo S., fue sentenciado a cinco años de prisión por ser el responsable del accidente de tránsito ocurrido el 31 de enero de 2018 en la vía Cañar-Biblián, sur del Ecuador. Como consecuencia del siniestro, seis pasajeros fallecieron y varios resultaron heridos.
En la audiencia de juicio que se desarrolló durante cuatro días y culminó este martes 24 de septiembre del 2019, el fiscal Juan Crespo presentó el testimonio del perito del Servicio de Investigaciones de Accidentes de Tránsito (SIAT), que elaboró la pericia de reconocimiento del lugar donde se registró el accidente. En el informe se establece que en el sector de Inganilla (Azogues) el bus transitaba a exceso de velocidad, invadió carril y fue impactado por un camión.
Diecisiete metros después se produjo el volcamiento del bus, el cual se arrastró sobre la calzada aproximadamente 40 metros.
Según la información de la Fiscalía, luego del hecho, Segundo S. huyó del lugar, estuvo prófugo por más de un año, pero fue detenido por la Interpol en marzo del 2019 en Chile.
La Fiscalía también presentó, entre las pruebas, testimonios de pasajeros y del conductor del camión, así como de un perito de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) que realizó la reconstrucción virtual de los hechos en 3D. A esto se suman los testimonios del policía que elaboró el parte, los médicos que realizaron las autopsias y el avalúo de daños materiales.
El juez de la causa, Eddy Suárez, también ordenó la reparación integral a favor de los familiares de las víctimas mortales. El sentenciado deberá cancelarles USD 5 000 por los gastos de funerales.
Además, Segundo S. y la cooperativa de transporte –como responsable solidario–, están obligados a cancelar mensualmente tres salarios básicos a los familiares de las víctimas, hasta las 360 imposiciones, es decir por 10 años.
Asimismo, como parte de la reparación integral, la cooperativa de transporte deberá construir, en máximo 90 días, un monumento, en el lugar del accidente, en honor a las víctimas.
Segundo S. fue acusado en base en el artículo 377 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), incisos uno y dos, que sanciona el delito de muerte culposa con privación de libertad de tres a cinco años.