Diez dudas frecuentes sobre el teletrabajo en Ecuador

Miriam Riera, empleada de la empresa Quifatex, realiza su jornada laboral desde su hogar. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO

Miriam Riera, empleada de la empresa Quifatex, realiza su jornada laboral desde su hogar. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO

Miriam Riera, empleada de la empresa Quifatex, realiza su jornada laboral desde su hogar. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO

Por la emergencia sanitaria por el covid-19, el teletrabajo, o trabajo desde el hogar, se convirtió en una alternativa para que las empresas no paralicen del todo sus actividades. Según el Ministerio de Trabajo, hay 235 194 personas con esta modalidad de empleo hasta el miércoles 18 de marzo del 2020. El 90% corresponde al sector público.

Juan Sebastián Salcedo, director de la La Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana (Citec), respondió a diez consultas frecuentes sobre esta modalidad de trabajo.

¿Qué se debe tener en cuenta para comenzar a trabajar desde casa?

Se debe cumplir con cinco principios básicos para que funcione bien el teletrabajo. El primero es el de voluntariedad; esto es, que haya acuerdo mutuo, no se puede obligar a una persona a tomar esta forma de empleo.

El segundo es el de reversibilidad, lo que significa que el trabajador debe tener la opción de volver a su forma tradicional de trabajo si lo requiere, luego de la emergencia.

El tercer principio es que no debe haber discriminación; es decir, el teletrabajador tiene los mismos derechos que cuando cumplía con su modalidad tradicional. Por ejemplo, el sueldo debe ser el mismo, debe estar afiliado y recibir sus beneficios.

El cuarto principio es la confidencialidad, el empleado debe cuidar y comprometerse a mantener reserva en la información que manejerá desde casa, tal como si estuviera en oficina.

El quinto es la rentabilidad, es decir que tanto para empresa, como para trabajador, la modalidad debe ser beneficiosa en el plano económico. En general, el teletrabajo ayuda a las empresas y a optimizar recursos de movilización, alimentación , uniformes y otros rubros.

¿Dónde se puede encontrar los detalles legales de cómo funciona en el país el teletrabajo?

Existen tres acuerdos emitidos por el Ministerio de Trabajo para regular esta modalidad de empleo. El primero se publicó en el 2016, es el acuerdo 190, que regula y da directrices para la actividad desde casa en el sector privado.

El segundo acuerdo, es el 90 y se emitió en el 2017. Este documento regula la modalidad en el sector público. En el 2018 se emitió 0002-B para hacer reformas al documento 90.

El último acuerdo, número 76, se publicó en marzo del 2020. Este agilita aplicación emergente del teletrabajo ante la situación del covid-19.


¿Qué condiciones físicas mínimas se requieren para esta forma de trabajo?

El espacio físico debe permitir que el empleado se concentre, que haya silencio y esté cómodo, por ejemplo la sala. Si vive con más personas, busque privacidad. Debe haber adecuado acceso a internet y equipos que garanticen seguridad de la información.

¿Cómo controlan las empresas que los trabajadores cumplan los horarios?

La medición del trabajo no debe ser en cuánto tiempo se pasa en la oficina, sino por los resultados. En el teletrabajo hay más flexibilidad de distribuir mejor la carga horaria y cumplir las tareas. Por ello debe haber buena comunicación con los equipos.

¿Cómo identificar si la persona es más productiva o menos productiva con teletrabajo?

Se puede controlar actividades con las plataformas tecnológicas que permiten ver la productividad, en donde queda registrado el tiempo de cumplimiento de tareas, número de actividades. Hay plataformas que permiten generar reportes para identificar incluso cuellos de botella.

¿Se puede obligar al trabajador a optar por el teletrabajo?

No se puede obligar. Debe haber mutuo acuerdo entre empleador y empleado. Además, debe darse la opción de volver a la forma tradicional de trabajo si se requiere. El acuerdo ministerial 077 establece otras opciones si el empleado no se puede teletrabajar.

¿Quién asume los gastos de internet, teléfono u otros, en los que tenga que incurrir el teletrabajador?

El teletrabajo debe ser rentable para empresa y trabajador. El empleador debe proveer herramientas y condiciones. Si se requieren inversiones adicionales en conectividad, la empresa debería asumir parte de esos gastos. También se puede llegar a acuerdos.

¿Cómo cuidar la información delicada? ¿Se puede usar computador personal o es mejor usar el equipo de la empresa?

La empresa puede firmar un acuerdo de confidencialidad con directrices para cuidar la información y sanciones si no se cumplen. El empleador debe dar equipos con antivirus. Si permite usar un equipo personal, lo hace bajo su riesgo, pero debe asegurarse que son equipos adecuados.

¿Qué herramientas son las más recomendables para el teletrabajo?

Una de las más conocidas para trabajo desde casa y manejar equipos es Microsoft Teams, que por la situación actual está ofreciéndose de manera gratuita. Slack y Asana también son usadas para manejo y comunicación de equipos. Hay otras herramientas para videotutoriales como Loom y para horarios y reuniones está Calendly. Para videoconferencias, Google Meet y Zoom son útiles también.

¿Cómo hacer con las personas de edad más avanzada que no están familiarizadas con las herramientas tecnológicas nuevas?

Para ellos la curva de aprendizaje es mayor, por eso deben recibir capacitaciones adecuadas previamente. En esta situación de emergencia tal vez no hubo tiempo, pero es importante que el trabajador esté y se sienta en capacidad de usar las herramientas tecnológicas necesarias para el teletrabajo. La empresa debe asegurar la mejor capacitación para estas personas.

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