Foto referencial. El Convenio 190 fue aprobado por la OIT el 25 de junio de 2019, con el voto afirmativo del Ecuador. El país sería el tercer país en la Región en proceso de ratificar el Convenio y Recomendación para la erradicación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, señaló el Consejo Nacional para la Igualdad de Género. Foto: Pexels
El Plano de la Asamblea Nacional este domingo, 17 de enero del 2021, ratificó por unanimidad el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y Acoso en el ámbito laboral de la Organización Mundial del Trabajo (OIT).
El Convenio 190 fue aprobado por la OIT el 25 de junio de 2019, con el voto afirmativo del Ecuador, y hasta ahora ha sido ratificado solo por Fiji, Argentina, Uruguay y Namibia. Con esto, Ecuador sería el tercer país en la Región en proceso de ratificar el Convenio y Recomendación para la erradicación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, señaló el Consejo Nacional para la Igualdad de Género.
El Convenio 190 establece que los gobiernos deben adoptar una legislación que garantice el derecho a la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral para todos: mujeres, personas en situación de movilidad humana, personas con discapacidad, personas de las diversidades sexuales, entre otras.
“Es así que este instrumento internacional reconoce el derecho de las y los trabajadores a tener una vida libre de violencia y acoso en el mundo del trabajo. El Convenio 190 y la Recomendación 206 establecen una nueva definición internacional sobre violencia y acoso; integra la violencia y acoso como un solo concepto indivisible”, explicó el Consejo.
El Convenio 190 tiene 20 artículos, en los que los países se comprometen a “respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso”. Esto implica que se deberán establecer todos los mecanismos pertinentes para garantizar la lucha contra la violencia y el acoso.
Según dijo el asambleísta Sebastián Palacios, esta legislación busca mejorar las condiciones laborales de hombres y mujeres, y permitir, por ejemplo, mayor equidad de género en el ámbito laboral.
Es decir, que el Estado deberá ajustar su legislación a las pautas que define el Convenio respecto de la protección laboral. Incluso, se debe mejorar la prevención de la violencia y del acoso, y los mecanismos de denuncia y acción judicial. “Muchas veces no existe confianza en la justicia para presentar una denuncia. Por eso necesitamos mecanismos expeditos” de protección, explicó el legislador.
Pero además -dijo Palacios- se deben complementar estas normas internacionales con otras nacionales vinculadas. Por ello, se presentó un proyecto de ley de Parentalidad Compartida, “para que tanto hombres como mujeres puedan acceder al mismo periodo de lactancia, cuando se tiene un bebé. Esto evitará que las empresas no contraten mujeres porque se cree que no son productivas por este tiempo, sino por sus capacidades”, señaló.