Un total de 100 legisladores estuvieron presentes en el Pleno durante la votación final. El número de afirmativos fue menor al que se dio previa la reconsideración. Foto: Eduardo Terán / EL COMERCIO
Al menos una decena de modificaciones se introdujo ayer (17 de marzo) a la reforma laboral previo a la votación en el Pleno. Con 80 votos a favor y 20 en contra, de 117 presentes, se aprobó un proyecto que cambió tres veces de nombre desde que entró a la Asamblea.
Al final quedó como Ley Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil, Regulación Excepcional de la Jornada de Trabajo, Cesantía y Seguro de Desempleo.
La palabra “orgánica” causó polémica. A las 10:30 se aprobó la ley con 85 votos a favor y 32 en contra; pero luego el oficialismo pidió una reconsideración para introducir el término “orgánica”. Tras ello se dio la votación final.
Previamente hubo seis intervenciones. Tres oficialistas propusieron ajustes de fondo: que el dinero inactivo del IESS pase al banco de esta entidad; que los padres con licencia para el cuidado del menor puedan pedir su cesantía al tercer día de terminado su período regular de permiso pagado, y que el seguro de desempleo sea retroactivo desde enero.
Con la aprobación, el texto pasará al Ejecutivo, quien tiene 30 días para acogerlo o vetarlo.
Reducción de la jornada laboral
Como lo planteó el proyecto original, de forma excepcional, las empresas podrán reducir su jornada de trabajo hasta 30 horas a la semana por una sola vez. Esto será solo por seis meses, renovables por un solo período similar. Inicialmente el texto prohibía el despido de trabajadores en estas empresas.
Finalmente, la Asamblea lo eliminó y estableció que si en ese tiempo se producen despidos la indemnización será sobre la última remuneración percibida antes del ajuste de la jornada. El Ministerio del Trabajo podrá exigir un plan de austeridad a la empresa, que podrá incluir la reducción de salarios de los empleadores. Durante la discusión en la Asamblea se buscó endurecer los requisitos, pero se dio marcha atrás.
Modificación a la Ley de Pasantías
Las pasantías no serán pagadas y los patronos solo cancelarán un estipendio de un tercio del salario básico unificado (USD 122 en este año). También deberá aportar a la seguridad social sobre el salario básico (USD 366). Las pasantías no podrán durar más de seis meses, sin generar relación de dependencia. Ayer se aprobó, a pedido de Cristian Viteri, que esto solo se aplique para las empresas del sector privado y que no quede en el texto la frase que se aplicará para las firmas que realicen actividades productivas en el sector privado. Y, se determinó que las prácticas sean coordinadas entre los organismos de educación superior y las empresas. El Ministerio del Trabajo determinará el porcentaje de pasantes en las compañías.
La ley crea seguro de desempleo
La ley crea el seguro de desempleo. El beneficio es para quienes pierdan su trabajo y podrán solicitar a partir del día 61 de haber quedado en esa situación. Este se financiará con el 3% de los aportes (1% irá a un fondo solidario y 2% a una cuenta individual). Se pagará por cinco meses, comenzando con el 70% de la remuneración promedio de los 12 meses anteriores al despido, hasta llegar al 50%. Del 1% se pagará un monto equivalente al 70% del básico, mientras que la parte variable se tomará del 2% de la cuenta individual y de la cesantía acumulada. La norma estableció que el seguro se pagará de forma retroactiva de enero a marzo. El financiamiento vendrá, en ese caso, del Presupuesto del Estado. Costaría unos USD 30 millones.
Dinero de aportes para el Biess
El legislador Fausto Cayambe introdujo la propuesta, que finalmente se aprobó, para que “toda la plata que va al IESS tiene que ser administrada e invertida por el Biess”. Se trata del dinero que ingresa de las aportaciones: el 20,60% de todos los trabajadores, los pagos por aportes voluntarios y los de las amas de casa.
El legislador calcula que USD 200 millones a USD 300 millones no están generando rentabilidad. La oficialista Marllely Vásconez dijo que los recursos de las administradoras del IESS y los saldos disponibles en cuentas podrán ser invertidos a través del Biess “siempre y cuando existan los recursos”. Los rendimientos de las inversiones deberán ser capitalizados en los fondos a los que pertenecen los recursos.
Permiso sin sueldo para los padres
El texto plantea que el trabajador o trabajadora, luego de terminada la licencia regular remunerada de tres meses para la madre y 15 días para el padre, tendrán derecho a una licencia opcional y voluntaria sin remuneración hasta por nueve meses adicionales para el cuidado de sus hijos recién nacidos.
Con el fin de solventar los gastos en ese período de licencia, los padres podrán solicitar el pago de su cesantía a los tres días de haber terminado su licencia regular. Se pagará al día 61 después contados a partir de la presentación de la solicitud. En el período de la licencia tendrán acceso a salud en la seguridad social y los costos que estas generen serán con cargo al Ministerio de Salud. Este mecanismo servirá en caso de adopción de un menor.