El acuerdo ministerial emitido sobre el feriado del 25 de mayo del 2020 genera dudas en la población. Foto: Eduardo Terán/ EL COMERCIO.
El acuerdo ministerial MDT-2020-0118, emitido este sábado 23 de mayo del 2020 por el Ministerio de Trabajo, genera dudas sobre cómo aplicarán las directrices para quienes trabajen el lunes 25 de mayo del 2020.
El documento señala que los empleados del sector público y privado, cuyas jornadas estuvieron suspendidas por la emergencia sanitaria, “podrán acordar” con sus jefes laborar este lunes 25 de mayo, día de feriado en conmemoración de la Batalla del Pichincha.
Según el acuerdo emitido por el Ministerio, quienes opten por laborar en ese día podrán recuperar de esta manera dos de los días que no hayan trabajado, por la suspensión laboral de emergencia permitida en medio de la pandemia del covid-19.
Estas son algunas respuestas a las dudas más frecuentes sobre este acuerdo.
¿Será obligatorio trabajar el 25 de mayo del 2020?
El acuerdo solo puede ser aplicado a aquellos empleados que tengan días por recuperar en caso de que se hayan acogido a la suspensión laboral. El acuerdo no señala que esta medida sea de cumplimiento obligatorio, sino que detalla que las partes pueden “optar” o “acordar” trabajar ese día de feriado, según Gabriel Recalde, director del Centro de Estudios de la Política Laboral.
¿Qué pasará con las personas que no tengan días que recuperar?
El acuerdo no es una modificación o reforma a lo que establece la Ley de Feriados. Por eso, el 25 de mayo sigue siendo un día de descanso obligatorio, explica Raúl Ledesma, exministro de Trabajo.
¿Puede mi empleador pedirme que trabaje en feriado?
Recalde dice que si el giro de negocio requiere que un empleado labore un día de feriado, el empleador debe pagar lo que corresponde a horas extraordinarias por esa jornada. Para conocer cuánto deben recibir como pago, quienes acuerden laborar este 25 de mayo deben calcular cuál es el valor de su hora de trabajo, dividiendo su salario para 240 horas de trabajo que tiene un mes. El valor resultante de esa operación debe multiplicarse por dos (esto equivale al 100% de recargo) y luego por las ocho horas de la jornada del 25 de mayo.
¿Está permitido que se recupere una jornada no laborada durante un día de feriado?
El exministro Ledesma señala que el nuevo acuerdo ministerial “detalla algo que ya está permitido en el Código de Trabajo y las normas laborales, que es llegar a acuerdos entre las partes para la recuperación de jornadas no trabajadas”. El artículo 60 del Código de Trabajo dice que la jornada no trabajada se puede recuperar trabajando otro día o se puede devolver el dinero equivalente a esa jornada.
¿Por qué un día de feriado sería equivalente a dos días no laborados en suspensión?
Debido a que laborar en feriado implica recibir horas extraordinarias que equivalen al doble de una jornada normal, se entiende que esto sería como laborar dos jornadas. En consecuencia, según Ledesma, un día de feriado es igual a dos días no trabajados en suspensión.