Divorcios por mutuo acuerdo no tardan más 10 días ante un notario

Ramiro Borja (centro), notario septuagésimo de Quito, se encarga de los divorcios rápidos. Foto: Fernando Medina/EL COMERCIO

Ramiro Borja (centro), notario septuagésimo de Quito, se encarga de los divorcios rápidos. Foto: Fernando Medina/EL COMERCIO

Ramiro Borja (centro), notario septuagésimo de Quito, se encarga de los divorcios rápidos. Foto: Fernando Medina/EL COMERCIO

El trámite es rápido. Las parejas dicen que están de acuerdo con divorciarse, pues no tienen hijos menores de edad o con discapacidad.

Así el matrimonio se disuelve en 10 días.Ese es el plazo máximo que, en noviembre pasado, se fijó para los denominados divorcios por mutuo acuerdo.

¿Qué ha sucedido después de estos cambios en la Ley Notarial? El Consejo de la Judicatura advierte que entre noviembre del 2016 y abril del 2017, las notarías del país refrendaron 3 629 divorcios.
En cambio, en los seis meses anteriores a la vigencia de la reforma hubo solo 1 984 casos.

Por ejemplo, Esteban y Cecilia terminaron su matrimonio el 15 de febrero pasado. Los dos le dijeron al notario que querían separarse, porque había hechos irreconciliables. “Estábamos decididos y por eso, cuando nos enteramos de estos divorcios, no lo dudamos”, relata Esteban. Él recuerda que cuando llegaron a la notaría les preguntaron de forma individual si querían separarse.
Este es un trámite al que se someten las parejas antes de seguir con el proceso.

Ambos tienen que expresar a “viva voz” su deseo de separarse. Si uno no está de acuerdo, el trámite no avanza.

Además, se necesita que las mujeres declaren bajo juramento que no están embarazadas. Caso contrario, el trámite se tiene que seguir en un juzgado de la Familia.

De hecho, desde mayo del 2016 los jueces ya no conocen estos casos, pues los notarios tienen la facultad exclusiva para tratar estos temas.

Ramiro Borja
, notario septuagésimo de Quito, dice que a su despacho mensualmente llegan hasta cuatro parejas que quieren separarse. Él les explica que el primer paso es que los dos firmen el formulario de ­petición de divorcio.

En el documento de cuatro páginas, los cónyuges piden al notario que fije fecha y hora para la audiencia de conciliación. “Ahí les pregunto si desean continuar, si la respuesta es afirmativa, las dos partes firman el acta de divorcio y el trámite termina”, dice Borja.

Liliana y Rubén estuvieron casados 16 años, pero el pasado 3 de marzo pusieron fin a su relación. Los dos relatan que no les preguntaron por qué se separaban, solo si lo hacían voluntariamente. “El notario nos citó y en tres días estábamos divorciados”, cuenta Rubén.

Pero la agilidad en el trámite no fue lo único que se implementó en noviembre. También se redujeron los costos.

Antes, los interesados debían cancelar un salario básico, que en este caso sería USD 376. Actualmente, los notarios cobran USD 213, 77 por cada divorcio. A ese monto deben sumar unos USD 30, por el reconocimiento de firmas de los dos, porque después de presentar el formulario de petición, el notario debe constatar formalmente las rúbricas.

También se aclara que no es necesario que las dos partes asistan a la audiencia final. La pareja puede delegar a sus abogados y el trámite se realiza normalmente.

Así lo hizo Mónica, que el miércoles cumplía 20 días de estar divorciada. Su exesposo la engañó y no lo quería ver.
Su abogada fue a la diligencia final y firmó la disolución.

Luego, acudió a las oficinas del Registro Civil, en el norte, con el acta del notario y sacó su nueva cédula. “Ese es el trámite que deben hacer las partes tras firmar los papeles”, explica el notario trigésimo de Quito, Darío Andrade.

El jurista advierte que es necesario que con la resolución de los notarios, los exesposos vayan a inscribir el acta en el Registro Civil. Con ello, el proceso se cierra jurídicamente.

Los casos en aumento
Las cifras oficiales hasta el mes pasado muestran cómo los divorcios han aumentado en el país. En junio del 2016, el INEC ya alertaba de este incremento. Ese mes, la entidad señaló que del 2005 al 2015, el número de separaciones pasó de
11 725 a 25 692 casos.

Ayer, 4 de mayo de 2017,  Roger Cusme, juez de la Familia, quien habló por de­legación de la Judicatura, aclaró que la intención de estos cambios fue para que los casos no se quedaran represados en los juzgados, mas no con la idea de que aumentasen los ­divorcios. Este jurista reconoce que las estadísticas se han modificado hacia arriba.

Según Cusme, el incremento no significa que las personas terminan más rápido con sus matrimonios, sino que los procesos se cierran más pronto, pues antes no se podían contabilizar los divorcios pues tardaban meses e incluso años.

Los notarios advierten que las personas que acceden a este tipo de divorcio también tienen que realizar la disolución de la sociedad conyugal.

Este trámite sirve para liquidar los bienes que la pareja obtuvo durante el matrimonio. Lo recomendable, según los notarios, es que este proceso se realice antes del divorcio.

De esta forma, el notario suscribe el acta de separación y al mismo tiempo hace la repartición de bienes. Otra forma es que cuando se suscriba el divorcio también se firme una promesa para que en los días posteriores se haga la división de bienes. De esta forma, no se generan temas jurídicos.

Marcia y Édgar lo hicieron después. Ellos tenían un departamento y dos vehículos. El acuerdo fue vender el inmueble y que el dinero se reparta en partes iguales.

Tome en cuenta:
Los interesados deben llenar el formulario de divorcio que está en la página web de la Judicatura.

La pareja debe presen­tarse en una notaría y detallar su deseo de separarse sin presión.

El notario fijará una audiencia en un tiempo máximo de 10 días, según los cambios legales.

Se debe asis­tir a la audiencia judicial y firmar el acta de divorcio. También pueden acudir solo los abogados.

En contexto
Los primeros cambios en esta materia se produjeron en mayo del 2016, cuando entró en vigencia el Código General de Procesos. Ahí ya se hablaba de los divorcios rápidos, pero todo se concretó en noviembre del 2016, con las reformas a la Ley Notarial.

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