Los dos hombres guardan prisión preventiva, mientras se realizan las investigaciones por el crimen de una mujer en Quito. Foto: Captura Fiscalía
Dos hombres, José Luis Q. y Johan Z., guardan prisión preventiva por la muerte de Karina V., ocurrida el sábado 3 de agosto del 2019, en el sector de La Michelena, en el sur de Quito.
Hay dos versiones del hecho ocurrido a las 05:00 de ese sábado, informó la Fiscalía en un comunicado, este lunes 19 de agosto del 2019.
José Luis aseguró que en una esquina encontró a Karina, su expareja, en una fuerte riña con Johan, ciudadano extranjero. Cuando pretendió defenderla -dice José Luis- Johan sacó un cuchillo para agredirlo. Entonces, agrega, Karina se interpuso entre los dos y recibió una puñalada que terminó con su vida.
De su lado, Johan dijo que conversaba con Karina cuando José Luis apareció e inició una discusión por celos y sacó un cuchillo. Según esa versión, primero hirió a Johan en el brazo y luego apuñaló a Karina, causando su muerte.
Según el examen médico legal, Johan sí fue herido en el brazo, pero el arma blanca desapareció.
En la audiencia de formulación de cargos, por pedido de la Fiscalía, la Jueza de delitos flagrantes ordenó la prisión preventiva de los dos hombres, señalados como presuntos autores del delito de homicidio.
En la instrucción fiscal, abierta por 30 días, Blanca Avilés, fiscal especializada en Personas y Garantías de Pichincha, ordenó diligencias como el reconocimiento del lugar de los hechos, pericias de entorno social y una valoración psicológica de los procesados.
La fiscal Avilés también solicitó los informes de pericias de rasgos de personalidad, de autopsia, la ampliación de las versiones de los procesados y el testimonio de la hermana de la víctima, testigo del hecho.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece, en el artículo 144, que la persona que sea hallada culpable del delito de homicidio se enfrentará a una pena de 10 a 13 años de cárcel.
En caso de que en la investigación se confirme un vínculo de pareja o expareja entre el autor del crimen y la víctima, la figura penal será femicidio, tipificada en el artículo 141 del COIP: “La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.