Redacción Guayaquil
Francisco S., Marlon T. y Javier L. se movilizaban por el suburbio de Guayaquil en un taxi. Una patrulla policial los detuvo para hacer una requisa de rutina y les pidió que bajaron del vehículo.
En su interior, los policías encontraron una pistola, con una alimentadora y 4 cartuchos.
Los tres hombres dijeron que no conocían la procedencia del arma y por ello el encargado del patrullero, Javier Herrera, ordenó que todos sean detenidos. El cargo: tenencia ilegal de arma y asociación ilícita.
Los sospechosos fueron trasladados hasta la Policía Judicial del Guayas, para ser puestos a órdenes de la Fiscalía. Allí, el fiscal Leonidas Lema recibió el parte policial, donde se registran los detalles del supuesto delito.
Con base a esa información, Lema solicitó al juez vigésimo octavo de Garantías Penales, Virgilio Matamoros, efectuar una audiencia fiscal. En esa diligencia se formuló cargos solo contra una persona: Francisco S. Él supuestamente reconoció, en un interrogatorio, que portaba el arma.
“Por lógica no podía imputarles el delito a los otros dos”, manifestó Lema, al tiempo de calificar como “ligero” el parte policial, porque allí se inculpaba a los tres.
El Juez Vigésimo Octavo de Garantías Penales, acogió el pedido fiscal de prisión preventiva contra Francisco S. y ordenó la liberación de los otros dos sospechosos. La Policía y el Gobierno criticaron este tipo de fallos.
“No podemos ordenar la prisión preventiva por sí mismos, porque estaríamos prevaricando…”, expresó Matamoros.
El artículo 168 del Código de Procedimiento Penal dice que la prisión preventiva debe ser solicitada por el Fiscal, pero también deja a criterio de los jueces, ordenarla por decisión propia.
Como en el caso del taxista informal Johnny Ávila. Él dijo que se sintió reconfortado cuando el juez vigésimo noveno de Garantías Penales, Víctor Moncada, ordenó la prisión de dos de los tres delincuentes que lo asaltaron.
Uno de ellos era menor de edad y fue procesado por un fiscal y juez de Menores Infractores.
Los asaltantes le pidieron que los transporte desde el norte de Guayaquil. hasta Guayacanes, a las 01:30 del viernes pasado
Pero en el trayecto, el hombre que iba en el puesto del copiloto lo amedrentó con un cuchillo. Uno de los pasajeros en el asiento trasero colocó otro cuchillo en el cuello del taxista.
Lo obligaron a retirarse del volante y lo abandonaron en Samanes. Ávila pidió ayuda y la Policía dio con el vehículo y ahora los implicados están tras las rejas.
En este tipo de casos (penales) los fiscales deben presentar y sustentar en 30 días el dictamen, en una audiencia oral. Allí se decide si los acusados van a juicio o son liberados. “En ese tiempo se deben revisar los antecedentes de los detenidos, hacer el reconocimiento del lugar de los hechos, los peritajes de evidencias y recabar otros elementos para poder determinar una responsabilidad penal…”, manifestó el fiscal Víctor León, quien investigó el robo al taxista.
Esas diligencias deben ser realizadas por la Fiscalía en coordinación con la Policía. Pero en la práctica no siempre se cumplen los tiempos procesales. Los retrasos, por lo general, se dan por falta de pruebas incriminatorias y hasta por discrepancia en la aplicación de las normas jurídicas.
Eso ocurrió en la detención de Gisella T., acusada por supuestamente colaborar en un asalto a una agencia bancaria.
Ella fue apresada el 17 de febrero pasado pero seis días después, aún no era procesada. Se suscitó una controversia entre los fiscales Pedro Ortega y Roberto Franco. Este último dijo que no había pruebas concretas.
Se incumplió el artículo 77 de la Constitución, que establece que nadie puede permanecer detenido por más de 24 horas.
Por ello, el juez tercero de Garantías Penales, Eduardo Díaz, no pudo ordenar la prisión preventiva. Impuso medidas alternativas como la prohibición de la salida del país de la sospechosa y la obligatoriedad de presentarse periódicamente al Juzgado.
Gustavo Jalkh, ministro de Gobierno, cree que los jueces deben aplicar con más frecuencia la prisión preventiva. “Han abusado de las medidas alternativas. El 39% de detenidos en delitos flagrantes en Guayas durante el 2009 recuperó la libertad de inmediato”.
Según el Ministro, las personas liberadas no vuelven a juicio y no avanza el debido proceso. La prisión preventiva garantiza que eso no ocurra…”, enfatizó Jalkh. Para evitarlo su Cartera trabaja en la unificación de criterios sobre procesos y normas judiciales.