El vendaval legislativo que padece el Ecuador indica que la Asamblea está empañada a fondo, y a la carrera, en cambiar la legalidad heredada, primero, para ‘aterrizar’ la Constitución, y, además, bajo la idea de hacer irreversible el proceso que impulsa el Ejecutivo. Creada una red de ‘nueva legalidad’, el supuesto en que se estará pensando es que la sociedad civil no tendrá otra opción sino la de obedecer. Hay, pues, una certeza y un acertijo en la inspiración del presuroso proceso legislativo. Pero el tema no es fácil, si se piensa un poco más allá del plan político y de las aspiraciones que afloran en los análisis coyunturales.
1.- ¿Tiene límites quien ‘descifra’ la voluntad popular?.- Cuando se trata de modificar a fondo la estructura legal de un país para imponer por la vía de leyes coactivas la vigencia de una ideología que cambiará costumbres, ideas, derechos y libertades, la pregunta que surge es si el legislador está efectivamente autorizado, desde el punto de vista constitucional y moral, para obrar de ese modo; y si el legislador está o no sujeto a límites en la supuesta tarea de “descifrar la voluntad popular”.
El tema se complica si consideramos que aquí la gente ‘elige en blanco’, esto es, sin considerar proyecto concreto alguno. Al contrario, se vota por personas, que usualmente no exponen lo que harán en su tarea de legisladores, por ejemplo. Se vota sobre utopías o conceptos vagos y generalísimos, como el ‘cambio’ -¿cuál cambio?-. O se vota emotivamente, nada de lo cual permite que se establezca un nexo político-responsable entre el legislador y sus electores. Esto facilita que el asambleísta legisle ‘a la libre’, o según el mandato del partido o movimiento, que es lo que finalmente se impone. Por ejemplo, ¿la gente autorizó efectivamente a sus mandatarios que reformen la universidad como lo proponen? ¿Se ha discutido alguna vez, en foro público, libre e informado, lo que el proyecto gubernamental implica? No, ni en el tema de la universidad ni en otro, porque además los llamados “procesos de socialización” son mecanismos de estrategia que avalan la voluntad del poder, que sirven para legitimar los proyectos originales, sin que efectivamente modifiquen nada sustancial.
Este tema atañe al fondo mismo de la democracia representativa, porque ‘representar’ significa traducir, expresar con alguna exactitud una concreta voluntad del elector. El tema toca al concepto de república porque la labor de ‘descifrar la voluntad popular’ queda, entonces, sujeto a la libre interpretación del asambleísta. O, más aún, el asambleísta se siente investido del derecho a legislar a su buen saber o entender sin consideración alguna a lo que sus electores pensarían, y aun en contra de lo que ellos opinarían. ¿Cuántos universitarios votarían por el proyecto gubernamental de Ley Orgánica de Educación Superior y cuántos de los que ahora toman conciencia de los riesgos que ese texto tiene para la universidad eligieron a los asambleístas que lo propician y apoyan?
2.- ¿En qué quedan los derechos?.- Advierto algunas paradojas en lo que hoy ocurre. La primera es que la Constitución teóricamente hace reiterativo acento en el tema de los derechos, más aún, se califica al Estado como “Estado constitucional de derechos”, y se señala que su principal tarea es la de promover, garantizar y proteger los derechos fundamentales. Sin embargo, hay una clara tendencia a condicionar esos mismos derechos, por una parte, a conceptos abstractos, teóricos y nunca precisados como el del ‘buen vivir’, que ya se advierte como un comodín político que justificará desde las limitaciones a la propiedad y la prohibición de importaciones, hasta los nuevos impuestos.
A medida que presenciamos el ‘aterrizaje’ de la Constitución en las leyes, se puede apreciar un claro distanciamiento del entusiasmo por los derechos que caracterizó a la primera etapa del ‘cambio’. Ahora aparecen conceptos mucho más estatales que se sobreponen a ellos, y va quedando en claro que ‘las políticas’ y la planificación serán los ejes discrecionales sobre los cuales girará en el futuro el Ecuador.
Más aún, hay medidas concretas que han ‘derogado’ derechos constitucionales adquiridos legítimamente por los ciudadanos. El más notable es el de importantes grupos de jubilados de entidades del sector público, cuyas pensiones fueron sustancialmente rebajadas mediante simples medidas administrativas, o por un sencillo oficio, que no motiva ni fundamenta tal decisión. Ante semejante medida, la pregunta que los afectados se hacen es ¿Y los derechos adquiridos? ¿Y las garantías constitucionales? ¿Y el principio de protección a los grupos débiles de la población? Preguntas que tocan a la paradoja de un Estado ‘garantista’, pero profundamente anclado en los conceptos puros de poder, eficacia coactiva y planificación a ultranza.
Flota por allí la teoría, propuesta por alguien, de que con la vigencia de la nueva Constitución, toda la legalidad anterior habría quedado automáticamente derogada y con ella los derechos, o al menos algunos derechos –quizá los que convengan en un momento determinado-. Por tanto estaríamos según tan descabellada teoría ante un desierto normativo, en el cual será mucho más fácil construir la ‘nueva legalidad’ sin los estorbos de los derechos adquiridos, de las propiedades constituidas o de las concesiones hechas por el mismo Estado.
3.- Objetivos políticos vs. derechos de libertad.- Algunos ‘derechos de libertad’ (Art. 66 de la Constitución) empiezan a chocar con la tendencia a fortalecer el poder del Estado planificador e interventor. El caso más relevante es el de la prensa y la libertad de opinión, tema en torno al cual girará en los próximos días un arduo debate suscitado por las propuestas legislativas, unas, como la del asambleísta César Montúfar, que en general articula los derechos constitucionales, y otras que se anclarán en conceptos como ‘vigilancia’, ‘control’, intervención, etc. La confrontación entre derechos y las libertades vs. objetivos políticos, la discrecionalidad del poder y la tendencia a privilegiar el modelo marcarán el destino del Ecuador en los años venideros. Allí, el invitado de piedra será la tan alabada ‘sociedad civil’, que, por lo visto, tiene importancia puramente nominal.