Taylor Swift encabeza el movimiento a favor de los derechos de autor para los artistas. Foto: AFP
Cuando apareció en 1710, el Estatuto de la Reina Ana fue el primer instrumento legal que protegía los intereses de los creadores. Era un documento hecho para un mundo en el que pocas personas podían denominarse inventores o creativos en sociedades en que las problemáticas relacionadas con la propiedad intelectual no alcanzaban a muchos.
Más de tres siglos después, la panorámica es otra. Los escritores, para quienes fue creado el primer cuerpo legal de propiedad intelectual, ya no son los únicos que pueden publicar un libro. La revolución tecnológica trajo consigo la oportunidad de que todos nos convirtamos en creadores, y no solo a través de la escritura de un texto impreso.
Publicamos fotografías en Instagram, comentarios en Facebook y opiniones en Twitter. Hoy, a diferencia del siglo XVIII, poseemos las facilidades de la Internet para convertirnos en creadores de contenidos.
En este mundo hiperconectado y con plataformas digitales para publicar toda clase de contenidos, la propuesta de Reforma a la Ley de Propiedad Intelectual, que se aprobó en primer debate en el Parlamento Europeo y que será votada finalmente en enero, abre nuevamente la discusión sobre quiénes pueden protegerse bajo este paraguas y, sobre todo, qué información es sensible a esta categoría.
En el caso de la música, las leyes de propiedad intelectual son una herramienta que garantiza que los creadores de contenidos recibirán las respectivas regalías por su trabajo. En este ámbito, desde hace un par de años Taylor Swift se ha convertido en una de las artistas emblemáticas de un movimiento artístico que reclama su parte de las ganancias a gigantes tecnológicos como YouTube, los cuales han adquirido su popularidad gracias al contenido multimedia que se carga allí.
Los científicos e inventores también gozan de una serie de beneficios por parte de estas leyes, las cuales permiten proteger sus patentes y descubrimientos. Al mismo tiempo, estas legislaciones son un apoyo para seguir financiando sus programas de investigación.
¿Pero qué tal si, en un punto del camino, el camino de unos y otros se cruza? Esto es lo que sucede precisamente en Wikipedia, la enciclopedia en línea más popular del momento. En este sitio, los creadores de contenidos pueden divulgar gratuitamente su conocimiento y, al mismo tiempo, la gente accede a este sin restricciones.
A pesar de que, en teoría, las leyes de propiedad intelectual garantizan los derechos de los creadores, en el caso de Wikipedia la realidad es completamente distinta. Bajo las normativas de Comunes Creativos, la información que se publica en esta plataforma no pertenece a una sola persona, pero la subsistencia de la misma estaría en peligro ya que varios textos contienen copias textuales de párrafos que hacen referencia a otros autores para así otorgarle mayor peso académico a los artículos, y esto no estaría permitido en Europa.
Este no es el único caso que pone en evidencia ciertas incongruencias en el momento de hablar de propiedad intelectual. En el caso de la propuesta europea, el cuerpo legal es mucho más anacrónico en el momento de analizar el caso de los memes.
Con base en su capacidad de fácil réplica y asimilación por parte de las personas, los memes se han convertido en un elemento omnipresente en la cultura digital del presente siglo. Los primeros de estos eran garabatos que permitían transmitir una idea o emoción de manera ágil. Luego evolucionaron para apropiarse de fotografías de personas, películas y situaciones para enviar un mensaje más claro y moderno.
En la actualidad, las escenas de las películas o la foto del bebé mostrando su puño están entre los memes que forman parte de la cultura popular digital. A pesar de ello, la normativa europea plantea que los usuarios no podrían replicarlos a menos de que se cuente con el permiso expreso para hacerlo, ya que los autores de estos memes son quienes aparecen como personajes principales de los mismos.
Algo similar sucedería con las fotos dentro de un estadio y publicadas en una red, ya que solo ciertos medios de comunicación y dueños de equipos serían los autorizados a compartir imágenes de los equipos. Esta panorámica establece un nuevo paradigma en la Internet.
En una charla TED, la experta en derechos de autor en las sociedades digitales, Casey Fiesler, señala que existe un despropósito al regular toda la información que se comparte en la Web, a expensas de que hay que proteger los derechos de autor.
Casey defiende el concepto de que “todos somos creadores”; que hoy en día una ley de propiedad intelectual no solo debe proteger los intereses de los cineastas, científicos o inventores, sino que las facilidades de los blogs y vlogs son espacios para mostrar cosas únicas que llegan a audiencias como nunca antes se haya imaginado. Una muestra es la creación de Slenderman, un personaje de creepypastas que apareció en el 2009 y del cual se han creado historietas, series, videos virales y hasta una película.
La problemática de plantear leyes de protección intelectual sin tomar en cuenta que estamos inmersos en sociedades que impulsan la creación de nuevos productos va más allá del espectro humano. En plena época de inteligencia artificial, los robots ahora se han convertido en un apoyo para las actividades humanas. Asimismo, su capacidad de aprendizaje también los han llevado a ser creadores de contenidos, de elementos que incluyen libros, otros robots, fotografías de alta calidad y hasta ciertos platillos de alta cocina.
Ello supone un desafío en las sociedades del siglo XXI, en un momento en que no se vislumbra todavía las diferencias entre si el autómata es un creador por sí mismo, o si el crédito se lo llevan los desarrolladores del software con el cual se programó.