La Asamblea Nacional aprobó la semana pasada, en segundo debate, el Proyecto de Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, el cual en mi opinión viola ciertos preceptos constitucionales, como el contenido en el Art. 66, numeral 17, que establece que “el derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección’”.
El sistema de control cruzado de la información que se crea mediante esa ley, genera inseguridad en nuestro país, pues mediante diversos me-canismos, cualquier ciudadano va a poder obtener información de otro, de las bases de datos públicos (Civil, Mercantil, de la Propiedad, de Sociedades, etc.).
Basta que se presente una solicitud motivada, para que la autoridad a quien se la pida, tenga que proporcionarla.
Solo los datos personales, como el estado de salud, la religión y la orientación sexual serán confidenciales, y el acceso a esa información solo será posible, con autorización expresa del titular de la información, por mandato de la Ley o por orden judicial.
Ese proyecto de Ley establece en su artículo 7, que “los datos que constan en los registros que forman parte del sistema, son públicos y de libre y gratuita difusión por medios tecnológicos, salvo los de carácter personal y los sujetos a la reserva y sigilo bancario y bursátil’”.
Pero el artículo 106 de la Ley de Régimen Tributario Interno vigente, establece que “para la información requerida por la ad-ministración tributaria, no ha-brá reserva ni sigilo que le sea oponible”.
Con esa disposición legal, el SRI puede, a pretexto de controlar la evasión tributaria, pedir cualquier tipo de información a instituciones públicas o privadas, con lo que en definitiva se termina con la privacidad a la que tenemos derecho todos los ciudadanos, la cual además está garantizada por nuestra Constitución.
Concretamente, el SRI pudiera en mi opinión, solicitarle a cualquier banco del país información sobre la cantidad de dinero que tiene un ciudadano depositada en esa institución financiera, lo cual viola el sigilo bancario que está garantizado por la Ley de Instituciones Financieras, el cual constituye la base fundamental para que las personas depositen su dinero en los bancos y no en el ‘colchon bank’.
El comentado proyecto de ley, como destaca Diario EL COMERCIO en su edición del lunes pasado, establece que la conectividad electrónica será pública, lo que equivale a decir que se acabará con la reserva en las llamadas telefónicas que hagamos desde cualquier celular y con la de los mensajes que enviemos a través de ellos o desde un computador, violando así expresas disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual.
Ojalá que el Presidente objete ese proyecto de Ley.