Defensoría del Pueblo pide suspender los débitos automáticos de las cuentas de clientes con deudas

La Defensoría del Pueblo pidió este 28 de marzo del 2020 que la suspensión de los débitos automáticos de las cuentas de los clientes de instituciones bancarias se extienda mientras dure la emergencia sanitaria. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La Defensoría del Pueblo pidió este 28 de marzo del 2020 que la suspensión de los débitos automáticos de las cuentas de los clientes de instituciones bancarias se extienda mientras dure la emergencia sanitaria. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La Defensoría del Pueblo pidió este 28 de marzo del 2020 que la suspensión de los débitos automáticos de las cuentas de los clientes de instituciones bancarias se extienda mientras dure la emergencia sanitaria. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La Defensoría del Pueblo exhortó a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, a la Superintendencia de Bancos y a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria para que emitan una resolución mediante la cual, mientras dure la emergencia por el covid-19, se suspendan los débitos automáticos que realizan los bancos de las cuentas de sus clientes por cobros de créditos y cuotas de tarjetas de crédito.

En un comunicado emitido este sábado 18 de marzo del 2020 la Defensoría del Pueblo instó a las entidades que regulan y supervisan actividades de la banca y cooperativas a que suspendan los débitos automáticos hasta que los clientes puedan acceder a los beneficios que se anunciaron este mes por la emergencia, entre ellos, la reestructuración de créditos y los períodos de gracia para el pago de cuotas de ciertas de deudas.

La Defensoría señaló que a la Junta le corresponde adoptar medidas necesarias para garantizar los derechos de los usuarios del sistema financiero y de la economía popular y solidaria “especialmente en esta difícil situación en que se ven amenazadas la vida, salud, trabajo, seguridad y bienestar de la población”.

Además, la entidad pidió que se difundan en forma adecuada, clara, veraz, oportuna y completa, los detalles de la aplicación y alcance de las medidas de refinanciamiento y diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias que constan en la resolución 569, que emitió la Junta el pasado 22 de marzo del 2020.

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