El ministro de Energía, René Ortiz, dijo este 25 de septiembre del 2020 que el Gobierno seguirá asumiendo la diferencia entre el valor local del gas de uso doméstico y el internacional. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.
El Decreto 1158, firmado el 25 de septiembre del 2020, que libera la importación de combustibles destinados al sector productivo no toca el subsidio al gas de uso doméstico ni el sistema de precios para gasolinas o el diésel destinadas al sector automotor.
Así lo aclaró el Ministro de Energía, René Ortiz, en una rueda de prensa ofrecida hoy.
¿Qué pasa con el gas de uso doméstico?
El precio de este derivado de petróleo que se usa en los hogares tiene un subsidio que rige desde hace varios años en el país.
El costo fijo de la bombona de 15 kilos de este combustible es de USD 1,60 y no variará, insistió el ministro Ortiz al señalar que el Decreto 1158 no modifica el subsidio que se entrega a este segmento.
Con ello, indicó que el Estado seguirá asumiendo la diferencia entre el valor de venta local y el internacional, que está en unos USD 19.
¿Qué pasa con los precios de la gasolina extra, ecopaís y diésel para el consumidor del sector automotor?
En julio pasado terminó el sistema de precios fijos a la gasolina extra, ecopaís y diésel.
Desde ese mes, los precios fluctúan en un sistema de bandas de precios de acuerdo al precio internacional del WTI. El sistema ha permitido revisar paulatinamente el precio de esos tres combustibles, de manera que cada vez vayan acercándose al valor internacional, pero sin cambios demasiado bruscos, ya que solo pueden variar (al alza o a la baja) en un 5% máximo cada mes.
Desde entonces poco a poco algunos valores se han ido revisando, especialmente el del diésel.
Así por ejemplo, los precios nuevos fijados para estos productos que se usan en el sector automotriz serán USD 1,756 para la extra y ecopaís, USD 1,136 para el diésel. Estos estarán vigentes hasta el próximo 10 de octubre del 2020.
El monto significa una variación con respecto a julio, cuando esas gasolinas se ubicaron en USD 1,75 y el diésel en USD 1.
Este sistema de precios no se afecta con el Decreto 1158, enfatizó el Ministro de Energía, René Ortiz.
¿Qué pasa con el valor de la gasolina súper?
El precio de la gasolina súper está liberado desde diciembre del 2019, por lo que el valor depende mes a mes del comportamiento del mercado internacional.
Además, el consumidor debe cancelar un margen de utilidad en las gasolineras, por lo que el precio varía entre estaciones de servicio.
Este mes el valor de referencia es de USD 2,29 por galón. El valor se actualizará el próximo 10 de octubre.
¿Qué cambia con el Decreto 1158?
El Decreto permitirá liberar la importación de combustibles para nueve sectores productivos. Entre ellos, están: naviero, industrial, comercial y aéreo.
Esto no implica un cambio en el tema de precios para estos sectores, pues ya venían cancelando desde hace varios años un valor real, internacional y sin subsidio.
Actualmente, los sectores productivos deben adquirir estos productos a a través de Petroecuador, que tenía el monopolio de la distribución. Ahora, podrán hacerlo directamente, pero antes deberán ser autorizados por la Agencia de Regulación y Control de Energía.
Además, se mantiene la banda de fluctuación de precios de combustible para los sectores acuícola y pesquero: pesca de atún, otras pesquerías y sector camaronero”, manifestó el ministro de Producción, Iván Ontaneda.