Cuando el dinero que se cobre sea por actividades sujetas al RIM el contribuyente pagará obligatoriamente cada seis meses el 2% del impuesto a la renta sobre los ingresos brutos, aunque el IVA se declare mensualmente. Foto: Archivo EL COMERCIO
Los microempresarios, aquellos con ingresos menores a USD 300 000 y que tienen hasta 9 trabajadores, deben tener presente que con este régimen impositivo rigen nuevos tiempos para cumplir con las declaraciones y pagos al Servicio de Rentas Internas (SRI).
El régimen fue creado con el afán de simplificar y disminuir las obligaciones con el fisco. No obstante, expertos en la materia señalan que los trámites pueden resultar confusos y generar complicaciones.
De acuerdo con la Ley de Simplificación Tributaria, los contribuyentes presentarán semestralmente, en enero y julio, la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto a los consumos especiales (ICE). Y también se mantiene la opción de que el usuario solicite el pago mensualizado.
En cambio, dependiendo del tipo de ingresos que genere, el microempresario tendría que declarar hasta tres veces en el año el impuesto a la renta, con diferentes porcentajes.
Cuando el dinero que se cobre sea por actividades sujetas al RIM el contribuyente pagará obligatoriamente cada seis meses el 2% del impuesto a la renta sobre los ingresos brutos, aunque el IVA se declare mensualmente.
En enero se reportarán los ingresos del segundo semestre del año anterior. Además, en julio se declarará sobre la actividad del primer semestre del año en curso. Aplica para actividades comerciales.
Pero si el emprendedor tiene recursos por actividades que no están sujetas al RIM debe declarar también de forma anual dentro del régimen general.
En un caso práctico, si un contribuyente es dueño de una tienda de abarrotes y, además, presta servicios profesionales, en los meses de enero y julio declarará el 2% por los ingresos brutos que rinda la tienda. Y, en marzo, el contribuyente tributará por los recursos obtenidos por sus servicios profesionales, siempre y cuando haya obtenido utilidad.
Por otro lado, las personas naturales que están en el RIM y desean reclamar al SRI el pago indebido del impuesto a la renta, lo deben hacer en marzo con la declaración anual.
La Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) envió el jueves pasado una carta al presidente Lenín Moreno para solicitar el envío de una reforma tributaria para que exista una excepción del pago del impuesto del 2% en caso de que el microempresario registre pérdidas. Y que el régimen sea voluntario.