La declaración patrimonial arranca

A partir del próximo martes, las personas naturales, nacionales y extranjeras residentes en el país, cuyo monto de activos supere los USD 200 000 ó USD 400 000 en caso de sociedades conyugales, deberán declarar su patrimonio según la tabla que el Servicio de Rentas Internas ha dispuesto (tabulado adjunto).

La declaración se presentará a través de Internet y quienes no lo hagan podrán ser sancionados con una multa que va desde USD 30 hasta USD 1 000. Para quienes se les dificulte presentar la declaración por Internet, el SRI permite que se lo entregue en un medio magnético, en las ventanillas de la entidad.

Según explica el experto tributario Luis López, el contribuyente debe cuantificar varios rubros, conforme lo determinado en la Ley de Equidad Tributaria.

Así, la declaración considerará los bienes inmuebles o raíces, los bienes muebles y los derechos y acciones. En el caso de los inmuebles estos incluyen terrenos y edificaciones de cualquier clase y, en el caso de los derechos, son aquellos de propiedad intelectual, usufructo, uso y habitación y hereditarios.

En cuanto a la cuantificación de los bienes muebles, se deben incluir el dinero en efectivo, dinero en cuentas y depósitos en instituciones financieras y otros depositarios, inversiones, acciones, participaciones y títulos valores, créditos y documentos por cobrar, vehículos motorizados terrestres, aeronaves y naves, muebles y enseres, menaje de hogar, maquinaria y equipo, mercaderías y materias primas y también los semovientes.

Por otro lado, no se considerará en la declaración patrimonial los libros que formen parte de la biblioteca personal del contribuyente, así como tampoco las colecciones musicales.

Para remitir la declaración a través de Internet, la dirección electrónica es www.sri.go.ec

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