Las personas naturales que tengan un total de activos superior a USD 216 000 deben presentar al Servicio de Rentas Internas (SRI) su información patrimonial en mayo de 2015. Lo mismo aplica para las sociedades conyugales o uniones de hecho cuyos activos, en conjunto, sean superiores a
USD 432 000.
Para llegar a esos valores se considera las denominadas fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta, que es un monto anual que el SRI establece a partir del cual se calcula el Impuesto a la Renta.
Para el año 2015, por ejemplo, la fracción básica desgravada es de USD 10 800.
En este sentido, las personas naturales que deben presentar la información patrimonial este mes son aquellas que tengan activos superiores 20 fracciones básicas desgravadas, mientras que en las sociedades conyugales se consideran 40 fracciones básicas, señaló el SRI en un comunicado difundido, este miércoles 6 de mayo del 2015.
Hasta el 2014 debían cumplir con esta obligación las personas naturales cuyos activos superaban los USD 200 000 y las sociedades conyugales o uniones de hecho cuyos activos en común superaban los USD 400 000.
Los cambios en los montos para la Declaración Patrimonial se establecen de acuerdo a las reformas que, a nivel reglamentario, se dispusieron en la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal, aprobada en diciembre de 2014.
El SRI señaló que la declaración patrimonial tiene fines informativos y “no implica ningún pago por parte del contribuyente”.
Para presentarla, la Administración Tributaria estableció un calendario de acuerdo al noveno dígito de la cédula de identidad o ciudadanía.