El presidente de Ecuador Lenín Moreno realizó observaciones a la Ley de Finanzas Públicas. Foto:Patricio Terán / EL COMERCIO
A través de un veto parcial, el presidente de la República, Lenín Moreno, hizo 16 observaciones a la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas. El documento del Ejecutivo se entregó a la Asamblea Nacional el 15 de junio del 2020.
La Ley de Finanzas Públicas fue aprobada por el Parlamento con 72 votos de AP, CREO e independientes, el 16 de mayo pasado, al límite del plazo que tenía para pronunciarse.
El Gobierno destaca que dos de los principales cambios que se plantean se relacionan con la necesidad de ajustar el proceso de transición para bajar el endeudamiento con relación al Producto Interno Bruto (PIB), “para que exista una trayectoria de este indicador que sea coherente con el escenario económico actual”.
A continuación, EL COMERCIO detalla cuatro puntos relevantes de las 16 objeciones del veto presidencial.
Límites presupuestarios
El Ejecutivo propone que en lo referente al Presupuesto General del Estado (PGE) y empresas públicas el Ministerio de Finanzas emitirá las directrices sobre los techos presupuestarios globales, institucionales y de gasto.
Para otras entidades esta competencia le corresponderá al órgano que cada nivel de gobierno determine.
En este punto, lo aprobado por la Asamblea no contempla que se limite el gasto de las empresas públicas.
Otro punto novedoso del veto es que dispone que los planes de inversión de las instituciones de la seguridad social deben guiarse por techos presupuestarios. En el texto aprobado por la Asamblea no hacía referencia a este tema de techos para inversión. Este punto también aplica para las instituciones del Estado central, de las empresas públicas y de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) se garantizarán y se observarán con techos presupuestarios de cada entidad.
Estrategia para reducir CETES
Los Cetes son papeles que emite el Estado para financiarse, pero que tradicionalmente se usaron con poca transparencia porque no se consideraban deuda pública porque eran de menos de un año de vencimiento, por lo que era difícil saber cuánto conseguía el Estado a través de este instrumento y para que se utilizaban esos recursos. Un informe de la Contraloría incluso evidenció que en el Gobierno anterior se emitieron Cetes con plazos superiores a un año, sin registrarse como deuda pública.
Para corregir estos malos manejos la Ley de Finanzas Públicas introdujo varios cambios.
La Asamblea estableció que a los 90 días de entrada en vigencia de esta Ley el Ministerio de Finanzas presente una estrategia para reducir anualmente y de forma progresiva los Certificados de Tesorería (CETES), hasta su completa eliminación, que hayan sido colocados hasta el momento de expedición de la ley.
En el veto el presidente se cambia y sugiere que la Cartera de Finanzas presente dicha estrategia dentro de los primeros días del ejercicio fiscal 2021. El plan abarcará a los CETES que estén colocados al 31 de diciembre de 2020.
Colocación Notas del Tesoro
La Ley plantea reemplar los Cetes por Notas del Tesoro. La Asamblea planteaba que la colocación de Notas del Tesoro sea a los 24 meses contados a partir de la publicación de la Ley, hasta por el mismo monto en el que se desinviertan los CETES. Luego de este plazo, el saldo combinado de ambos no podrá superar el 8% del gasto total.
El veto, en cambio, precisa que las Notas del Tesoro se podrán colocar desde el 1 de enero del 2021.
Cumplimiento de las reglas de deuda
Actualmente, la ley establece que el país no podrá endeudarse más allá del 40% del Producto Interno Bruto. Sin embargo, en realidad, el endeudamiento del país alcanza el 52% del PIB hasta mayo.
El veto del Ejecutivo anticipa un escenario de mayores necesidades de financiamiento y propone límites por años con el fin de que el Ministerio de Finanzas reduzca progresivamente el indicador de deuda pública y otras obligaciones:
57% del PIB hasta el año 2025
45% del PIB hasta el año 2030; y,
40% del PIB hasta el año 2032 y en adelante.
Para este fin, la Cartera de Estado emitirá una normativa a los 90 días de entrada en vigencia de la ley.
Además, de manera bianual, a partir del 2022, se emitirá anexo a la Proforma del PGE, un plan de reducción de deuda pública, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la regla fiscal de deuda pública y otras obligaciones.