Crédito no se deduce para calcular plusvalía

El proyecto de Ley de Plusvalía es tratado actualmente en la Comisión de Gobiernos Autónomos, con el carácter de económico urgente. Foto: Archivo EL COMERCIO

El proyecto de Ley de Plusvalía es tratado actualmente en la Comisión de Gobiernos Autónomos, con el carácter de económico urgente. Foto: Archivo EL COMERCIO

El proyecto de Ley de Plusvalía es tratado actualmente en la Comisión de Gobiernos Autónomos, con el carácter de económico urgente. Foto: Archivo EL COMERCIO

Uno de los aspectos que preocupa al sector de la construcción sobre el proyecto de Ley de Plusvalía es su impacto en las viviendas adquiridas con créditos hipotecarios.

El presidente de la Cámara de la Industria de la Construcción (Camicon), Silverio Durán, señaló que en el proyecto de ley no se reconoce el incremento del valor de una casa debido a los intereses que debe pagar el propietario cuando es adquirida con el financiamiento de un crédito hipotecario.

El proyecto de ley plantea gravar con una tarifa del 75% a la ganancia extraordinaria en la venta de bienes inmuebles, luego de reconocer una ganancia ordinaria al propietario, que incluye el valor que consta en escrituras, un rendimiento financiero equivalente a colocar ese dinero en una póliza de acumulación en el banco. Además, se reconoce un monto exento de 24 salarios (USD 8 784), así como mejoras hechas por el propietario de la vivienda y tasas pagadas al Municipio.

Durán sostuvo que el problema es que el valor que consta en la escritura no contempla el monto de intereses que debe pagar el propietario por el préstamo que realizó cuando adquirió el inmueble.

“Hablemos de una familia de clase media baja, que compra una casa de USD 50 000 (…) Esa familia compró una casa en USD 50 000. Dio de entrada USD 5 000 con su esfuerzo, se endeuda en USD 45 000 y lo hace en el Biess al 9,5% (de interés). Durante 10 años ha pagado prácticamente otros 50 000 en intereses. Eso no es ganancia, le ha costado a esa persona”, sostuvo el titular de la Camicon. Y eso no consta en la iniciativa sobre plusvalía.

“La ley reconoce la tasa pasiva que hoy está en alrededor del 7%, que incluso puede estar sujeta a bajar”, dijo Durán y añadió que lo legítimo sería que se cobre algún impuesto sobre el precio tomando en cuenta los intereses que la persona pagó.

En ello coincide Enrique Pita, presidente de la Federación Nacional de Cámaras de la Construcción, quien explicó que esta iniciativa desalentará aún más al sector que actualmente atraviesa una crisis.

Richard Calderón, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea Nacional, encargada del tratamiento del proyecto de ley, sostuvo el viernes pasado que “van a analizar este tema y van a valorar este aspecto”.

La tarde de ayer, Leonardo Orlando, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), acudió a la comisión y defendió el proyecto de ley.

El funcionario señaló que la plusvalía no es fruto del esfuerzo propio, sino, en la mayoría de los casos, de la inversión pública, “que debe ser de todos”.

“Se debe prevenir la especulación del suelo, que no es una mercancía cualquiera. La vivienda es un derecho”, dijo.
Orlando aclaró que quienes vendan después de nueve a 10 años -al doble del precio de adquisición- no pagarán el impuesto a la plusvalía.

“Si un bien inmueble que se adquirió en USD 50 000 se lo vende luego de 10 años en 112 000, sin haber invertido en mejoras, actualmente pagaría USD 3 100. Con el proyecto de ley pagará cero”, sostuvo.

Pero en esos cálculos hay un componente de plazos. Si bien en esos períodos no se paga, mientras menor sea el plazo y mayor el incremento de la plusvalía, el impuesto también crece (ver ejemplos).

El titular del SRI señaló que el 70% de las personas que adquieren una casa lo hacen con créditos hipotecarios, en promedio, entre 10 y 15 años plazos. Orlando argumentó que en el valor de un inmueble está contemplado el precio de la adquisición, las mejoras realizadas y una tasa de interés equivalente a tener el dinero en el banco, que es legítimo.

Agregó que si una persona adquirió un bien inmueble antes de la vigencia de la ley y lo vende después de que entre en vigencia el nuevo impuesto se aplicará el régimen de transición, es decir, la Ley vigente.

También insistió en que el nuevo tributo aplica para segunda venta del inmueble.

Luego de la comparecencia, Orlando acudió a una reunión en la Presidencia, junto al titular de la Comisión que trata el proyecto de ley.

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