El pedido de interpretación que hizo Julio César Trujillo, presidente del Consejo Transitorio, fue enlazando entre los artículos 208 y 209 de la Constitución, pero a la luz de las facultades extraordinarias del Cpccs-t derivadas de la Consulta Popular. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
El lunes 13 de mayo del 2019 será la última sesión del Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (Cpccs-t) y con ello la fase de transición aprobada por la Consulta Popular del 4 de febrero del 2018 llega a su fin en Ecuador.
Los nuevos consejeros electos el 24 de marzo último recibirán sus credenciales como autoridades, según el cronograma del Consejo Nacional Electoral (CNE), y el martes 14 de mayo se posesionarán como integrantes definitivos del Cpccs hasta el 2024.
El Cpccs Transitorio evaluó a las autoridades de ocho organismos: CNE, Consejo de la Judicatura, Corte Constitucional, Defensoría del Pueblo, Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Compañía y Superintendencia de Ordenamiento Territorial.
Además, fueron cesados tres jueces del TCE; el superintendente de Compañías, Christian Cruz; el superintendente de Ordenamiento Territorial, Fernando Cordero; y el defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira; el superintendente de Economía Popular y Solidaria, Patricio Rivera, y el superintendente de Comunicación (Supercom), Carlos Ochoa.
Otra acción que ejecutó el Cpccs-T fue cesar de sus cargos a los nueve jueces de la Corte Constitucional (CC).
Las designaciones que deja el Cpccs-T
En lo que respecta a su función como nominador de autoridades, el Transitorio designó los nueve integrantes de la nueva Corte Constitucional tras un concurso de méritos y oposición: Hernán Salgado, Teresa Nuques, Agustín Grijalva, Ramiro Ávila, Alí Lozada, Daniela Salazar, Enrique Herrería, Carmen Corral y Karla Andrade.
La Fiscalía General del Estado ahora es dirigida por Diana Salazar. El nuevo titular de la Defensoría del Pueblo es Freddy Carrión. También fueron designados los tres nuevos magistrados del Tribunal Contencioso Electoral. Sin embargo, no se completó el nombramiento de los representantes de la Conferencia de Soberanía Alimentaria ni del titular de la Defensoría Pública.
En cuanto a las designaciones mediante ternas enviadas por otros funciones del Estado, el Cpccs-T nombró al Procurador General Íñigo Salvador, superintendente de control del Mercado, superintendente de Compañías, superintendenta de Bancos y resta el nombramiento del Superintendente de Ordenamiento Territorial.
Asimismo se integró el nuevo Consejo de la Judicatura. Y se delegó la Contraloría General del Estado a Pablo Celi, hasta el 2022, por el tiempo que debía cumplir el titular, ahora prófugo, Carlos Pólit.
Esto es parte de lo actuado por el Consejo Transitorio, desde marzo del 2018. La pregunta, después del dictamen emitido por la Corte Constitucional (CC), es ¿están blindadas las decisiones tomadas?
El miércoles 8 de mayo del 2019, la Corte Constitucional, máximo organismo de interpretación de la Constitución en Ecuador con carácter vinculante, dio a conocer su resolución frente a una acción de interpretación planteada por el presidente del Cpccs-t, Julio César Trujillo.
“El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social electo no puede ejercer las competencias extraordinarias que el pueblo ecuatoriano otorgó al Consejo transitorio a través de consulta popular. Tampoco puede revisar las decisiones tomadas en ejercicio de atribuciones extraordinarias, que este Consejo electo no posee”, sentenció la Corte Constitucional.
Trujillo buscaba respuestas respecto al alcance de la pregunta 3 y anexo 3 del referéndum del 4 de febrero del 2018.
En su dictamen, emitido el 8 de mayo del 2019, la Corte Constitucional señala que la consulta popular del 2018 otorgó competencias extraordinarias al Consejo de Participación Ciudadana Transitorio. Entre ellas la de cesar, designar y evaluar a funcionarios del Estado.
La Corte Constitucional precisó el miércoles que “el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social electo ejercerá las competencias provenientes de la Constitución y la ley para el cumplimiento de sus funciones”.
Jorge Benavides, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Tecnológica Equinoccial (UTE), señaló que el Cpccs definitivo no podrá revisar las decisiones de los consejeros transitorios.
El experto dice que la CC tiene la facultad de pronunciarse con base en una particularidad. El pedido de interpretación que hizo Julio César Trujillo, presidente del Consejo Transitorio, fue enlazado entre los artículos 208 y 209 de la Constitución, pero a la luz de las facultades extraordinarias del Cpccs-t derivadas de la Consulta Popular.
Es decir, este dictamen tiene orden de cumplimiento y, por lo tanto, no se podrá revisar lo actuado. En caso de hacerlo, lo que podría pasar es que los nuevos consejeros sean sancionados e incluso destituidos de sus cargos.
Si bien, el dictamen impediría al Cpccs definitivo revisar lo actuado, esto no significa que quienes se sientan perjudicados por la cesación de sus funciones o por vulneraciones en sus derechos en los concurso realizados, puedan presentar una reclamación.