Cinco de los nueve magistrados de la Corte Constitucional apoyaron la derogación de las enmiendas del 2015. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
Deliberación democrática. Ese es el principio que la Corte Constitucional (CC) invocó para dejar sin efecto 12 enmiendas que habían sido aprobadas en el 2015.
En la misma sentencia se explica que este principio consiste en “un análisis y votación individualizado de cada una de las propuestas presentadas”.
Sin embargo, el Legislativo aprobó esas reformas con una sola votación -en bloque-, conforme a lo que permite la Ley de la Función Legislativa (LOF) para el trámite de proyectos de leyes ordinarias.
“Por cuanto en la votación se efectúo una votación en bloque de las modificaciones constitucionales, sin que se haya cumplido con el elemento sustancial de la democracia como lo es la deliberación, a través de un análisis y votación individualizado de cada una de las propuestas presentadas”, se lee en la declaración de inconstitucionalidad.
Según la CC, este es un error de procedimiento, ya que las enmiendas no se realizaban a una ley ordinaria sino a un texto constitucional, por lo que respetando la rigidez y supremacía constitucional se debía votar por tema o por artículo, según lo que estipula la Ley de Garantías Jurisdiccionales.
Aunque la sentencia se refiere únicamente a enmiendas constitucionales, en el análisis se asegura que la LOF, al permitir la aprobación de leyes en bloque, por títulos, capítulos o secciones, está prescindiendo de “un elemento básico de deliberación como lo es el análisis particular de cada propuesta presentada”.
La sentencia fue notificada a las partes durante el fin de semana pasado. Aunque, hasta ayer no se había publicado en el Registro Oficial, por lo que la derogación de las enmiendas aún no está en vigencia.
El jurista Enrique Herrería califica de “absurda” la sentencia por el argumento de la votación por bloque. Explica que con este fallo y la jurisprudencia que se crea, se podría declarar la inconstitucionalidad de todas las normas expedidas durante el Gobierno anterior, ya que nunca se votaron por artículo sino por paquete.
Añade que en la propia CC se han presentado demandas con ese argumento. Herrería auspició una acción en contra de la Ley Orgánica de Comunicación por votación conjunta.
Este año, la Asamblea aprobó dos leyes que surgieron de la consulta popular del 4 de febrero pasado, con la que también se enmendó la Constitución. En este caso, el presidente Lenín Moreno sí optó por dividir los temas y envió por separado la derogatoria de la Ley de Plusvalía y las reformas a la Ley del Consejo de Participación. Por lo que los temas, en ese caso se votaron por separado y no en bloque, como resultado de un mismo referendo.
Jorge Benavides, docente de derecho constitucional de la UDLA, en cambio, cree que la sentencia no tiene alcance para las leyes, ya que es específica para las enmiendas constitucionales. Añade que no habría ilegalidad en la aprobación en bloque de normas durante la década pasada, ya que la LOF sí lo permite en el artículo 61.
Aunque -explica- con la jurisprudencia creada con esta sentencia se crearía un espacio para que en adelante se prohíba también la votación conjunta de las leyes, y que se lo vuelva a hacer por artículos. Para esto se tendría que reformar la norma de la Asamblea o interponer una demanda que declare esa parte inconstitucional.
Así ocurría con la ley del Congreso antes de la aprobación de la Constitución del 2008. Fue en el 2009, cuando se expidió la nueva versión y se incluyeron las votaciones por título, capítulo o de la norma en forma integral.
En ese momento, la oposición se opuso rotundamente al cambio, pero se impuso la mayoría de Alianza País (AP).
En la sesión de la votación final, el 8 de julio del 2009, Leonardo Viteri (exlegislador del PSC) y Galo Lara (exasambleísta del PSP) gritaron “que las leyes sean aprobadas artículo por artículo y no en plancha”. Y Fernando Cordero, entonces presidente del Legislativo, detuvo las discusiones cerrando el debate y sometiendo el texto a votación. Incluso, hubo un conato de agresión física entre dos legisladores y la sesión se suspendió.
En el actual período legislativo se plantea retomar este debate. Las bancadas han situado entre sus prioridades reformar la LOF. En los anteriores períodos hubo dos intentos fallidos, ya que los proyectos fueron vetados por el Ejecutivo.
Wilma Andrade, legisladora de la ID, dijo que planteará que se limite la votación de las leyes al mecanismo artículo por artículo. Su propuesta se sumará a otras que pretenden, entre otras cosas, endurecer y agilizar la fiscalización de la Asamblea Nacional.
Además, según la sentencia de la Corte Constitucional, los legisladores tienen un año para normar que las enmiendas solo sean aprobadas por artículo. Ese artículo deberá sumarse a la LOF. Mientras se concrete la norma, la propia sentencia fungirá como ley, en caso de nuevas enmiendas.
Tras la emisión de este fallo, la CC sigue bajo la evaluación del Cpccs transitorio. Ayer se definió que los jueces tienen cuatro días para presentar sus pruebas por escrito. Por el feriado de este viernes, el plazo se cumplirá el lunes próximo.
Luego de la entrega de los descargos orales, en cambio, se realizará una audiencia pública para que los magistrados realicen su defensa.