Imagen referencial. La Junta Bancaria aprobó una resolución para renovar el diferimiento de pagos de créditos por la emergencia sanitaria del covid-19, a partir del 9 de junio del 2020. Foto: Pixabay
Los clientes de la banca privada que difirieron en abril y mayo del 2020 los pagos de sus créditos por 60 días debido a la emergencia sanitaria del covid-19 en Ecuador, podrán renovar este beneficio bajo nuevas condiciones. También regirán nuevas reglas para quienes desean acceder por primera vez al diferimiento de las cuotas de tarjetas de crédito y préstamos.
Este lunes 8 de junio del 2020 la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobó una resolución para que los usuarios del sistema bancario puedan solicitar y negociar directamente con las entidades financieras las condiciones para solicitar el servicio de diferimiento o acceder a una renovación (ampliación del plazo), debido al impacto económico que ha supuesto el aislamiento y la reducción o suspensión de las actividades laborales a causa de la pandemia.
Las nuevas reglas rigen a partir de este martes 9 de junio, informó Marcos López, titular de la Junta, en entrevista con EL COMERCIO.
Lo medular de la decisión de la Junta es que no habrá un límite de tiempo para posponer los pagos, eso se definirá entre el banco y el cliente, de acuerdo con la situación de cada persona, explicó López.
Según la Asociación de Bancos Privados (Asobanca) entre el 1 y el 15 de abril del 2020 los bancos otorgaron beneficios de diferimiento a 1,2 millones de operaciones crediticias, por la pandemia del covid-19.
El pasado 25 de mayo del 2020, la Superintendencia de Bancos (SB) propuso a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (oficio SB – DS- 2020 – 0231-0) la extensión de plazo de la medida de alivio financiero para mipymes, hogares y empresas. Su propuesta fue que los pagos de los créditos diferidos y acordados en forma voluntaria entre clientes y bancos privados que vencieron hasta el 30 de mayo de 2020 tengan 90 días adicionales.
Sin embargo, ese oficio -según López- no permitía a las personas que hicieron la primera prórroga acceder a un nuevo aplazamiento. El 4 de junio pasado, el titular de la Junta indicó a EL COMERCIO que “el problema real es que hay personas que se acercaron enseguida a diferir sus pagos. Por ejemplo, a una persona que le dieron 60 días de prórroga el 1 de abril pasado comenzó a tener problemas ya el 1 de junio, porque el banco ya le comenzó a exigir el pago pese a que la actividad no se ha reactivado y no va a poder pagar”.
Según López, los bancos privados coincidían en que la propuesta inicial de la SB no permitía solucionar el problema de las personas que ya se les está venciendo el primer diferimiento.
La resolución del 8 de junio de la Junta se aprobó una vez que la Superintendencia de Bancos modificó su propuesta de aplazamientos, que ahora incluyó a los clientes cuyos diferimientos están por vencer.
La Junta aún no ha difundido el documento de resolución hasta la noche de este martes 9 de junio del 2020. Sin embargo, López, titular de la Junta de Política y Regulación Monetaria, y Ruth Arregui, superintendenta de Bancos, adelantaron que el documento detalla que la renovación no será automática ni obligatoria por parte de los bancos y surtirá efecto si lo solicita el cliente.
“La persona se puede acercar al banco y llegar a un acuerdo. Puede prorrogar el tiempo que estime conveniente. El diferimiento es de acuerdo a las circunstancias del cliente, porque la situación de las personas no es la misma. Tenemos que diferir realmente al que lo necesita”, detalló López.
La decisión se tomó luego de que la Superintendencia presentó una reforma a la resolución 569 de la Junta -que dio paso a los diferimientos a finales de marzo, por un plazo máximo de 60 días. La Superintendencia propuso inicialmente que la postergación de pagos sea de 150 días solo para quienes soliciten el beneficio por primera vez. Sin embargo, luego de observaciones de la Junta, se incorporó la opción de renovación para los ciudadanos que ya accedieron y cuyas cuotas se retomaban desde junio.
En cuanto a las personas que por primera vez quieren diferir sus préstamos, Arregui dijo que podrán solicitar el trámite hasta agosto. La extensión de la prórroga podría ser mayor a 90 días, dependiendo de la situación de cada usuario.
Ya sea que los usuarios amplíen el diferimiento o que accedan por primera vez, en ningún caso estas operaciones generarán recargos por mora, gastos, recargos ni multas.